Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-2340)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Ocaña a inscribir la adjudicación de dos partes de una finca registral como entidades distintas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17403

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2340

Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Ocaña a inscribir la adjudicación de dos
partes de una finca registral como entidades distintas.

En el recurso interpuesto por doña S. M. H. contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Ocaña, don Rafael Burgos Velasco, a inscribir la adjudicación de dos
partes de una finca registral como entidades distintas.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 13 de febrero de 2024 por el notario de Madrid,
don Francisco López Colmenarejo, con el número 485 de protocolo, doña S. M. H., entre
otros herederos, aceptó la herencia de doña J. H. A.
En dicha escritura, se describían y se adjudicaban, como entidades independientes,
dos partes de una casa que constaba inscrita en el Registro de la Propiedad como una
sola finca registral y con una descripción distinta.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Ocaña, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Calificación negativa del asiento: 574 del Diario 2024
Respecto de las fincas inventariadas bajo los números 4 y 5
Hechos
Se encuentra presentada en este Registro de la Propiedad la escritura autorizada
el 13/02/2024 por el Notario de Madrid Don Francisco López Colmenarejo,
protocolo 485/2024 que causó el asiento de presentación 574 en el Diario 2024, el
día 19/06/2024.
Fundamentos de Derecho

Resolución
Se suspende la inscripción del documento en tanto no se subsanen los defectos
señalados.
Contra la presente calificación negativa cabe: (…)
Fdo.: Rafael Burgos Velasco, registrador de la Propiedad de Ocaña –Toledo–. Este
documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Rafael Burgos Velasco

cve: BOE-A-2025-2340
Verificable en https://www.boe.es

No se ha practicado operación sobre las fincas inventariadas en la escritura bajo los
números 4 y 5, ya que ambas se corresponden con el mismo número de la finca
registral, la 4.230 de Yepes, siendo la número 5 otra parte de la casa que se menciona
en la 4.