Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2025-2279)
Resolución de 3 de febrero de 2025, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y el Servicio Extremeño de Salud, para la formación de especialistas en medicina preventiva y salud pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17065
atribuciones conferidas, acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre el
ISCIII, la Consejería de Salud y Servicios Sociales y Servicio Extremeño de Salud (en
adelante, SES) para la realización de las actividades de formación necesarias para el
desarrollo e impartición del programa oficial de la especialidad de Medicina Preventiva y
Salud Pública, por el sistema de residencia, en las unidades docentes acreditadas a tal
efecto, dependientes de cualquiera de las dos instituciones, así como, para la realización
de otras actividades docentes orientadas a la permanente actualización y reciclaje de los
profesionales implicados de las instituciones firmantes.
Las previsiones del presente convenio se entienden, sin perjuicio de lo que dispone
la normativa que en el ámbito autonómico y estatal regula la formación sanitaria
especializada, de acuerdo a lo previsto por el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero,
por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se
desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, así
como, de las disposiciones que se dicten en desarrollo de lo previsto en la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Segunda.
Compromisos del Instituto de Salud Carlos III.
El ISCIII, se compromete a:
a) Reservar las plazas necesarias, para los residentes de la Unidad Docente de
Medicina Preventiva y Salud Pública de la Comunidad de Extremadura, a fin de que
puedan realizar el Curso Superior de Salud Pública, de la Escuela Nacional de Sanidad,
como primera etapa de la especialización.
b) Facilitar a los residentes de la/s Unidad/es Docente/s de Medicina Preventiva y
Salud Pública de la Comunidad de Extremadura, los centros, unidades, escuelas y todos
los dispositivos del ISCIII, para la realización de las rotaciones y otras actividades
especificadas en el programa vigente de la especialidad.
c) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y
Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad
de las mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las
evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) La disponibilidad de los profesionales del ISCIII, y en especial de los profesores
de la Escuela Nacional de Sanidad, para las diversas iniciativas docentes, según sus
áreas propias de conocimiento y experiencia.
e) Cooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los
dispositivos docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
1. La Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios,
se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén
adscritos a la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los
recursos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales (los propios servicios centrales
de dirección y gestión), para la realización de las rotaciones especificadas en el
programa vigente de la especialidad.
cve: BOE-A-2025-2279
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Servicio
Extremeño de Salud.
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17065
atribuciones conferidas, acuerdan suscribir el presente convenio de acuerdo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre el
ISCIII, la Consejería de Salud y Servicios Sociales y Servicio Extremeño de Salud (en
adelante, SES) para la realización de las actividades de formación necesarias para el
desarrollo e impartición del programa oficial de la especialidad de Medicina Preventiva y
Salud Pública, por el sistema de residencia, en las unidades docentes acreditadas a tal
efecto, dependientes de cualquiera de las dos instituciones, así como, para la realización
de otras actividades docentes orientadas a la permanente actualización y reciclaje de los
profesionales implicados de las instituciones firmantes.
Las previsiones del presente convenio se entienden, sin perjuicio de lo que dispone
la normativa que en el ámbito autonómico y estatal regula la formación sanitaria
especializada, de acuerdo a lo previsto por el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero,
por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se
desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, así
como, de las disposiciones que se dicten en desarrollo de lo previsto en la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Segunda.
Compromisos del Instituto de Salud Carlos III.
El ISCIII, se compromete a:
a) Reservar las plazas necesarias, para los residentes de la Unidad Docente de
Medicina Preventiva y Salud Pública de la Comunidad de Extremadura, a fin de que
puedan realizar el Curso Superior de Salud Pública, de la Escuela Nacional de Sanidad,
como primera etapa de la especialización.
b) Facilitar a los residentes de la/s Unidad/es Docente/s de Medicina Preventiva y
Salud Pública de la Comunidad de Extremadura, los centros, unidades, escuelas y todos
los dispositivos del ISCIII, para la realización de las rotaciones y otras actividades
especificadas en el programa vigente de la especialidad.
c) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y
Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad
de las mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las
evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) La disponibilidad de los profesionales del ISCIII, y en especial de los profesores
de la Escuela Nacional de Sanidad, para las diversas iniciativas docentes, según sus
áreas propias de conocimiento y experiencia.
e) Cooperar en el mantenimiento de la cualificación de los profesionales de los
dispositivos docentes implicados en el acuerdo, cuidando su actualización y reciclaje.
1. La Comunidad de Extremadura, a través de la Consejería de Salud y Servicios,
se compromete a:
a) Facilitar a los residentes de Medicina Preventiva y Salud Pública, que estén
adscritos a la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública del ISCIII, los
recursos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales (los propios servicios centrales
de dirección y gestión), para la realización de las rotaciones especificadas en el
programa vigente de la especialidad.
cve: BOE-A-2025-2279
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Compromisos de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Servicio
Extremeño de Salud.