Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-2270)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico Cabeza Mesá, de 27,3 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación con el parque eólico Cabeza Mesá, de 29,6 MW de potencia instalada, en la provincia de Ávila».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16994
instalaciones, en las que solo se permite el paso del personal autorizado. Estos
elementos eléctricos cumplirán las recomendaciones europeas debido, en parte, a los
tiempos de exposición. El carácter subterráneo de la línea de evacuación hará que el
campo electromagnético se vea considerablemente mitigado.
Respecto al impacto sobre el paisaje, atendiendo a los resultados de la simulación
cartográfica, el proyecto sería observable desde el 14,66 % del ámbito de estudio,
concentrándose ésta en el Valle de Amblés y las cotas elevadas correspondientes a las
sierras del entorno, generando un efecto permanente, irreversible e inmediato,
resultando en un impacto valorado como moderado.
Las instalaciones proyectadas se ubican en el coto deportivo de caza «Club
deportivo de caza la Llanura» con matrícula AV-10863.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
En primer lugar, se refieren las instalaciones de energías renovables en
funcionamiento en el entorno del proyecto evaluado. En operación, a distancias de 1,6
km, 1,9 km, 3,4 km y 10,6 km se localizan proyectos fotovoltaicos de 0,85 ha, 0,9 ha,
1,93 ha y 0,49 ha, respectivamente. También en operación, a 10,3 km,12,4 km y 16,7 km
al noroeste se localizan los parques eólicos Colladillo, El Rincón y Cabeza Mesá,
respectivamente.
Colindante con el proyecto, se proyecta la Planta Solar Fotovoltaica Colladillo
de 48,36 ha y, a 930 m del proyecto, se localiza la Planta Solar Fotovoltaica El Rincón
de 13,33 ha con resolución favorable de la comunidad autónoma, cuya evacuación será
utilizada por el proyecto Cabeza Mesá. Esto supondría, junto con la planta Cabeza
Mesá, la creación de una superficie fotovoltaica aproximada de unas 124,94 ha.
Según la cartografía disponible, en el ámbito de estudio, existen dos líneas eléctricas
aéreas de alta tensión que discurren paralelas al norte de la planta fotovoltaica. Una de
ellas es la línea eléctrica de 132 kV existente procedente del parque eólico objeto de la
hibridación.
Del estudio de sinergias, se concluye que la superficie desde donde son visibles los
parques eólicos existentes supone un 51,25 % respecto del área circular de 15 km,
principalmente debido a la presencia de los parques eólicos de El Rincón y Colladillo. La
construcción de la planta solar fotovoltaica Cabeza Mesá solo supondría un aumento de la
visibilidad del 0,81 % respecto a la situación actual. Al considerar los 3 proyectos fotovoltaicos
en el área de estudio, se observa un aumento de la superficie visible en 1,24 %.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, la acumulación
espacial de los aerogeneradores, las plantas fotovoltaicas y las líneas eléctricas
presentes, el proyecto implicaría la creación de barreras para el tránsito de la fauna en
sus movimientos de campeo, alimentación, dispersión o migración, y aumento del riesgo
de colisión, pérdida y fragmentación de hábitats.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que
se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme
a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a
la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y a la Dirección General de
Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, el 5 de diciembre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con
el artículo 22 del Real Decreto Ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo
para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 20 de diciembre de 2024, la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León remite informe, indicando que comparte el
sentido de la propuesta de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental. Por su parte, a fecha de esta resolución, no consta la remisión de
respuesta por parte de la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad
Ambiental de la Junta de Castilla y León. En virtud de lo anterior, se ratifica el sentido de
la propuesta de informe formulada por esta Dirección General.
cve: BOE-A-2025-2270
Verificable en https://www.boe.es
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Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16994
instalaciones, en las que solo se permite el paso del personal autorizado. Estos
elementos eléctricos cumplirán las recomendaciones europeas debido, en parte, a los
tiempos de exposición. El carácter subterráneo de la línea de evacuación hará que el
campo electromagnético se vea considerablemente mitigado.
Respecto al impacto sobre el paisaje, atendiendo a los resultados de la simulación
cartográfica, el proyecto sería observable desde el 14,66 % del ámbito de estudio,
concentrándose ésta en el Valle de Amblés y las cotas elevadas correspondientes a las
sierras del entorno, generando un efecto permanente, irreversible e inmediato,
resultando en un impacto valorado como moderado.
Las instalaciones proyectadas se ubican en el coto deportivo de caza «Club
deportivo de caza la Llanura» con matrícula AV-10863.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos.
En primer lugar, se refieren las instalaciones de energías renovables en
funcionamiento en el entorno del proyecto evaluado. En operación, a distancias de 1,6
km, 1,9 km, 3,4 km y 10,6 km se localizan proyectos fotovoltaicos de 0,85 ha, 0,9 ha,
1,93 ha y 0,49 ha, respectivamente. También en operación, a 10,3 km,12,4 km y 16,7 km
al noroeste se localizan los parques eólicos Colladillo, El Rincón y Cabeza Mesá,
respectivamente.
Colindante con el proyecto, se proyecta la Planta Solar Fotovoltaica Colladillo
de 48,36 ha y, a 930 m del proyecto, se localiza la Planta Solar Fotovoltaica El Rincón
de 13,33 ha con resolución favorable de la comunidad autónoma, cuya evacuación será
utilizada por el proyecto Cabeza Mesá. Esto supondría, junto con la planta Cabeza
Mesá, la creación de una superficie fotovoltaica aproximada de unas 124,94 ha.
Según la cartografía disponible, en el ámbito de estudio, existen dos líneas eléctricas
aéreas de alta tensión que discurren paralelas al norte de la planta fotovoltaica. Una de
ellas es la línea eléctrica de 132 kV existente procedente del parque eólico objeto de la
hibridación.
Del estudio de sinergias, se concluye que la superficie desde donde son visibles los
parques eólicos existentes supone un 51,25 % respecto del área circular de 15 km,
principalmente debido a la presencia de los parques eólicos de El Rincón y Colladillo. La
construcción de la planta solar fotovoltaica Cabeza Mesá solo supondría un aumento de la
visibilidad del 0,81 % respecto a la situación actual. Al considerar los 3 proyectos fotovoltaicos
en el área de estudio, se observa un aumento de la superficie visible en 1,24 %.
En cuanto a los efectos sinérgicos y acumulativos sobre la fauna, la acumulación
espacial de los aerogeneradores, las plantas fotovoltaicas y las líneas eléctricas
presentes, el proyecto implicaría la creación de barreras para el tránsito de la fauna en
sus movimientos de campeo, alimentación, dispersión o migración, y aumento del riesgo
de colisión, pérdida y fragmentación de hábitats.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que
se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme
a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a
la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal y a la Dirección General de
Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, el 5 de diciembre
de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con
el artículo 22 del Real Decreto Ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo
para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 20 de diciembre de 2024, la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León remite informe, indicando que comparte el
sentido de la propuesta de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental. Por su parte, a fecha de esta resolución, no consta la remisión de
respuesta por parte de la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad
Ambiental de la Junta de Castilla y León. En virtud de lo anterior, se ratifica el sentido de
la propuesta de informe formulada por esta Dirección General.
cve: BOE-A-2025-2270
Verificable en https://www.boe.es
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