Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-2266)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 20 de diciembre de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley 1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos de la actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16973
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
2266
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 20 de diciembre
de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley
1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos de la
actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 16 de enero de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Decretoley 1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos
de la actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma
de Illes Balears, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias
manifestadas en relación con los artículos 1, 3, y el título II (artículos 10 a 21) del
Decreto-ley 1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos de la
actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears, ambas partes las consideran
solventadas de conformidad con los siguientes compromisos y consideraciones:
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Illes Balears se compromete a promover
la correspondiente modificación legislativa con el objeto de reformar el articulado del
Decreto-ley 1/2024, de 22 de marzo, en los siguientes términos:
El artículo 1.2 tendrá la siguiente redacción:
«Artículo 1.
Objeto.
[…]
2. Asimismo, en su título II se regula la Red de Centros y Servicios Sanitarios
de Apoyo a la asistencia urgente y emergente de las Illes Balears y como medio
basado en el principio de libre adhesión y baja voluntaria de sus integrantes,
puesto a disposición del Servicio de Salud de las Illes Balears, a efectos de
posibilitar la mejor organización y prestación de la asistencia sanitaria urgente y
emergente regulada en el anexo IV del Real Decreto 1030/2006, de 15 de
cve: BOE-A-2025-2266
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 16973
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
2266
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 20 de diciembre
de 2024, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley
1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos de la
actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears.
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 16 de enero de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Decretoley 1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos
de la actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas mantenidas por el Grupo de
Trabajo constituido en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral
de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma
de Illes Balears, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias
manifestadas en relación con los artículos 1, 3, y el título II (artículos 10 a 21) del
Decreto-ley 1/2024, de 22 de marzo, por el cual se regulan determinados aspectos de la
actividad sanitaria urgente y emergente en las Illes Balears, ambas partes las consideran
solventadas de conformidad con los siguientes compromisos y consideraciones:
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Illes Balears se compromete a promover
la correspondiente modificación legislativa con el objeto de reformar el articulado del
Decreto-ley 1/2024, de 22 de marzo, en los siguientes términos:
El artículo 1.2 tendrá la siguiente redacción:
«Artículo 1.
Objeto.
[…]
2. Asimismo, en su título II se regula la Red de Centros y Servicios Sanitarios
de Apoyo a la asistencia urgente y emergente de las Illes Balears y como medio
basado en el principio de libre adhesión y baja voluntaria de sus integrantes,
puesto a disposición del Servicio de Salud de las Illes Balears, a efectos de
posibilitar la mejor organización y prestación de la asistencia sanitaria urgente y
emergente regulada en el anexo IV del Real Decreto 1030/2006, de 15 de
cve: BOE-A-2025-2266
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