Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2025-2247)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Sahagún, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32

Jueves 6 de febrero de 2025

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septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y
Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de
la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de Dicireg, esté
prestando servicios en el Registro Civil de Sahagún y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Almanza,
Bercianos del Real Camino, Calzada del Coto, Castrotierra de Valmadrigal, Cea,
Cebanico, El Burgo Ranero, Escobar de Campos, Gordaliza del Pino, Grajal de Campos,
Joarilla de las Matas, Santa Cristina de Valmadrigal, Santa María del Monte de Cea,
Vallecillo, Villamartín de Don Sancho, Villamol, Villamoratiel de las Matas, Villaselán y
Villazanzo de Valderaduey, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del
Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011,
de 21 de julio, y en esta resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo
segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-2247
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de enero de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X