Comunidad Autónoma de Andalucía. III. Otras disposiciones. Términos municipales. (BOE-A-2025-2286)
Decreto 242/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Málaga y Rincón de la Victoria, ambos en la provincia de Málaga, mediante agregaciones y segregaciones recíprocas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17096
consolidación residencial, un mallado viario y una infraestructura de redes de
abastecimiento de agua y de tendido eléctrico, toda vez que es en el ámbito físico y
espacial del término municipal donde se manifiestan, en toda su intensidad, las funciones
de ordenación del territorio y de ordenación urbanística.
2. Informe de 18 de agosto de 2023 de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda de Málaga.
En ese informe se pone de manifiesto lo siguiente:
a) Los principales instrumentos de planeamiento urbanístico general aplicables a
los municipios afectados son:
– Málaga: Revisión del PGOU de Málaga, aprobado definitivamente por Orden de 21
de enero de 2011 de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
– Rincón de la Victoria:
● PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado definitivamente por acuerdo de la
Comisión Provincial de Coordinación Urbanística de 30 de octubre de 1991, reiterándose
tal aprobación por Resolución de la CPCU de 30 de abril de 1992.
● Texto Refundido del PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado definitivamente por
el Pleno del Ayuntamiento de 22 de junio de 2021.
● Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de 15 de abril de 2009.
b) De conformidad con el artículo 85.1 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los referidos instrumentos se
mantienen en vigor hasta su modificación, revisión, anulación o sustitución.
En consecuencia, la alteración proyectada no supone la pérdida de vigencia de estos
instrumentos urbanísticos ni es causa de su nulidad, siendo aplicable el planeamiento de
origen en este espacio territorial.
c) La alteración proyectada no tiene incidencia en el sistema de ciudades, de
comunicaciones, ni de equipamientos de carácter supralocal, sin que tenga repercusión,
por tanto, en el Plan de Ordenación de la Aglomeración Urbana de Málaga.
3. Informe de 17 de octubre de 2023 del Servicio de Arquitectura, Urbanismo e
Información Territorial de la Diputación Provincial de Málaga.
B)
Circunstancias de orden demográfico.
1.
Memoria justificativa elaborada por la comisión mixta.
Según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, a 1 de enero de 2023 el
núcleo poblacional de La Cala del Moral cuenta con 16.466 habitantes, un importante
número de los cuales, si se aceptara la delimitación oficial expresada en la Orden de
replanteo de 19 de marzo de 2012, pasarían a empadronarse en el municipio de Málaga
y recibirían la prestación de sus servicios municipales desde dependencias
administrativas mucho más distantes de aquellas que tradicionalmente se los vienen
facilitando. La situación inversa afectaría a las personas con vecindad en Málaga
residentes en los 33.000 metros cuadrados que pasarían a formar parte del término
municipal de Rincón de la Victoria.
De hecho, durante el trámite de audiencia del procedimiento de replanteo que fue
resuelto mediante la mencionada Orden, la Asociación de Vecinos «La Cala del Moral»
intentó hacer valer sus alegaciones en contra de la actualización de la línea mediante su
cve: BOE-A-2025-2286
Verificable en https://www.boe.es
Según ese informe, la culminación favorable de la alteración proyectada no
supondría la modificación de los límites de la provincia de Málaga, al afectar a municipios
que se ubican geográficamente en el interior de ella.
Núm. 32
Jueves 6 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 17096
consolidación residencial, un mallado viario y una infraestructura de redes de
abastecimiento de agua y de tendido eléctrico, toda vez que es en el ámbito físico y
espacial del término municipal donde se manifiestan, en toda su intensidad, las funciones
de ordenación del territorio y de ordenación urbanística.
2. Informe de 18 de agosto de 2023 de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda de Málaga.
En ese informe se pone de manifiesto lo siguiente:
a) Los principales instrumentos de planeamiento urbanístico general aplicables a
los municipios afectados son:
– Málaga: Revisión del PGOU de Málaga, aprobado definitivamente por Orden de 21
de enero de 2011 de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
– Rincón de la Victoria:
● PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado definitivamente por acuerdo de la
Comisión Provincial de Coordinación Urbanística de 30 de octubre de 1991, reiterándose
tal aprobación por Resolución de la CPCU de 30 de abril de 1992.
● Texto Refundido del PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado definitivamente por
el Pleno del Ayuntamiento de 22 de junio de 2021.
● Adaptación Parcial a la LOUA del PGOU de Rincón de la Victoria, aprobado
definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento de 15 de abril de 2009.
b) De conformidad con el artículo 85.1 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los referidos instrumentos se
mantienen en vigor hasta su modificación, revisión, anulación o sustitución.
En consecuencia, la alteración proyectada no supone la pérdida de vigencia de estos
instrumentos urbanísticos ni es causa de su nulidad, siendo aplicable el planeamiento de
origen en este espacio territorial.
c) La alteración proyectada no tiene incidencia en el sistema de ciudades, de
comunicaciones, ni de equipamientos de carácter supralocal, sin que tenga repercusión,
por tanto, en el Plan de Ordenación de la Aglomeración Urbana de Málaga.
3. Informe de 17 de octubre de 2023 del Servicio de Arquitectura, Urbanismo e
Información Territorial de la Diputación Provincial de Málaga.
B)
Circunstancias de orden demográfico.
1.
Memoria justificativa elaborada por la comisión mixta.
Según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística, a 1 de enero de 2023 el
núcleo poblacional de La Cala del Moral cuenta con 16.466 habitantes, un importante
número de los cuales, si se aceptara la delimitación oficial expresada en la Orden de
replanteo de 19 de marzo de 2012, pasarían a empadronarse en el municipio de Málaga
y recibirían la prestación de sus servicios municipales desde dependencias
administrativas mucho más distantes de aquellas que tradicionalmente se los vienen
facilitando. La situación inversa afectaría a las personas con vecindad en Málaga
residentes en los 33.000 metros cuadrados que pasarían a formar parte del término
municipal de Rincón de la Victoria.
De hecho, durante el trámite de audiencia del procedimiento de replanteo que fue
resuelto mediante la mencionada Orden, la Asociación de Vecinos «La Cala del Moral»
intentó hacer valer sus alegaciones en contra de la actualización de la línea mediante su
cve: BOE-A-2025-2286
Verificable en https://www.boe.es
Según ese informe, la culminación favorable de la alteración proyectada no
supondría la modificación de los límites de la provincia de Málaga, al afectar a municipios
que se ubican geográficamente en el interior de ella.