Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-2135)
Resolución de 30 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se corrigen errores en la de 30 de diciembre de 2024, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, por el que se crea el Consorcio Centro Nacional de Neurotecnología con el fin de promover la integración de la neurociencia y las tecnologías digitales, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 31

Miércoles 5 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 15992

– Acción 3.4 Descripción de procesos internos y fomento de la cultura organizativa
del Centro Nacional de Neurotecnología adaptada a los principios de la misma.
– Acción 3.5 Establecimiento de principios que garanticen el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la normativa de igualdad. Elaboración de un plan de igualdad.
Paralelamente se avanzará en el diseño del marco general de actuación en materia
de recursos humanos.
Acción 3.1

Adscripción del personal

Las actividades a desarrollar incluyen:
– La adscripción del personal al Centro Nacional de Neurotecnología.
– La elaboración de la propuesta de Relación de Puestos de Trabajo del Centro
Nacional de Neurotecnología.
Acción 3.2

Relaciones laborales y administración de personal

Durante los primeros tres meses tras la puesta en funcionamiento del Centro
Nacional de Neurotecnología se desarrollará el nuevo marco general de actuación en
materia de recursos humanos que incluirá los siguientes aspectos:
– El marco de relaciones laborales.
– El régimen retributivo y el diseño de la carrera profesional.
– Administración y gestión de Recursos Humanos.
Marco de relaciones laborales.
Incluye el diseño de los procedimientos y órganos de relaciones laborales,
representación laboral, comités y sistemas de participación, así como la identificación y
preparación de las instrucciones correspondientes a los sistemas de prevención de
riesgos y la identificación de las materias que serán objeto de acción social.
Régimen retributivo y diseño de la carrera profesional.
Grupo I:
Grupo I-A.
– Una Dirección científica:
Puesto de trabajo integrado en la estructura orgánica del Consorcio. Perfil de
personal investigador R4 (investigadores/as de reconocido prestigio que gocen de una
reputación internacional consolidada basada en la excelencia de sus contribuciones en el
ámbito científico o técnico). Responsable de establecer políticas, directrices y objetivos
científicos dentro de la organización. Modalidad contractual: contrato de investigador/a
distinguido/a del artículo 23 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.

Le corresponderá asegurar la gestión ordinaria de los asuntos del Consorcio con
autonomía y plena responsabilidad y solo limitado por los criterios provenientes de la
Dirección científica y de los órganos de gobierno. Modalidad contractual: Contrato de
Alta Dirección.
– Una Dirección asociada:
Puesto de trabajo integrado en la estructura orgánica del Consorcio. Perfil de
personal investigador R4 (investigadores/as de reconocido prestigio que gocen de una

cve: BOE-A-2025-2135
Verificable en https://www.boe.es

– Un Gerente/a: