Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-2107)
Resolución de 28 de enero de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de febrero de 2025

Sec. II.B. Pág. 15701

motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el
procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al concurso.
4.2 Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de
Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual-Personal Docente e Investigador) y, a título
informativo en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es-Oferta de Empleo PúblicoProfesor Cuerpos Docentes LOSU-Convocatorias). Asimismo, se comunicará al presidente
de la comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en
la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa de
acuerdo con la Disposición Adicional Primera del Estatuto de la Universidad de Sevilla, y
contra ella podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr.
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación «Interposición de
recursos administrativos» incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla
(https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el plazo de un mes desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución, conforme a lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la
publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según
disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
5.

Comisiones

5.1 El presente concurso será resuelto por las comisiones constituidas al efecto, en
la forma establecida en las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de
las comisiones de selección y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos
docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (Acuerdo 6.4 de Consejo de
Gobierno de la Universidad de Sevilla de 20 de diciembre de 2023) y que se relacionan
en el anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
Régimen Jurídico del Sector Público que dispone que las autoridades y el personal al
servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias que se
señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo
comunicarán al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen como motivos de
abstención los siguientes:
– Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
– Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.

cve: BOE-A-2025-2107
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 31