Consejo General Del Poder Judicial. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Carrera Judicial. (BOE-A-2025-1980)
Acuerdo de 15 de enero de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por la que se convoca la provisión de plaza de Magistrado/a de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, turno de juristas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Martes 4 de febrero de 2025
Cuarta.

Sec. II.B. Pág. 15125

Comparecencia.

De conformidad con el artículo 326.2 LOPJ y concordantes del Reglamento 1/2010,
las personas que opten a la plaza convocada que no resulten excluidas por
incumplimiento de los requisitos legales y/o reglamentarios serán convocadas por la
Comisión de Calificación a una comparecencia en la sede del Consejo General del Poder
Judicial, que se celebrará en audiencia pública salvo que, por motivos extraordinarios
apreciados por la Comisión de Calificación y debidamente consignados y documentados
en el acta de la sesión, deba quedar restringida al resto de los/as aspirantes a la misma
plaza.
La comparecencia no constituye por sí mismo un mérito, sino un método para
evaluar y facilitar la ponderación de las aptitudes de excelencia jurisdiccional y los
méritos reveladores de aptitudes gubernativas, especialmente los referidos a la amplitud
y calidad de los conocimientos y habilidades jurisdiccionales y jurídicas alcanzadas en el
desempeño judicial o de otras profesiones jurídicas, así como también las aptitudes
gubernativas expresadas a través del programa de actuación. La comparecencia de las
personas que opten a las plazas tendrá lugar ante la Comisión de Calificación, de forma
presencial o por el sistema de videoconferencia, a la que podrán asistir los restantes
Vocales del Consejo General del Poder Judicial que lo deseen.
La comparecencia tendrá una duración máxima total de 10 minutos. La persona que
opte a la plaza deberá respetar el tiempo máximo. Quien presida la sesión asegurará
que el tiempo máximo y los tiempos parciales se cumplan de manera estricta.
La comparecencia se ceñirá a la exposición de los méritos que la persona que aspire
a la plaza considere de interés.
La Comisión de Calificación podrá acordar, con carácter previo al inicio de la
comparecencia, la reducción del tiempo máximo de intervención si apreciare motivos
justificados para ello, que deberán consignarse y documentarse en el acta de la sesión.
En todo caso, el tiempo máximo tendrá la misma extensión para todas las personas que
opten a la plaza convocada.
En el supuesto de que las personas interesadas participen en más de un proceso de
provisión de plazas de magistrado o magistrada de la misma Sala de Tribunal Supremo y
el mismo turno, que no hayan sido resueltos, la misma comparecencia ante la Comisión
de Calificación podrá aprovechar e incorporarse a los respectivos expedientes de
provisión de las vacantes, siempre que se informe previamente antes del inicio de la
comparecencia a las personas solicitantes de las concretas vacantes a las que la
comparecencia alcanza. En todo caso, la comparecencia tendrá los mismos límites
máximos y parciales de tiempo señalados en los párrafos anteriores.
Quinta.

Informes.

1. Informe de la corporación pública correspondiente a la profesión que ejerza la
persona que opte a la plaza, así como de las administraciones, órganos constitucionales
o de relevancia constitucional u otras entidades en las que la persona que opte a la plaza
haya indicado que ha prestado servicios como jurista.
2. Informe de la Comisión de Igualdad sobre las circunstancias de género que
puedan ser tenidas en cuenta en relación con la plaza ofertada.
3. Informe de la presidencia de Sala para que, a través de la Sala de Gobierno del
Tribunal Supremo, informe de las necesidades específicas que deberían atenderse con
la cobertura de la vacante.
Sexta. Ponderación de méritos.
En la ponderación de conjunto de los méritos se tendrán en cuenta circunstancias de
género para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, modificada por la LO 2/2024, de 1 de

cve: BOE-A-2025-1980
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Se recabarán los siguientes informes y certificados: