Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1947)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental de la «Modificación del proyecto Parque solar fotovoltaico GR Bisbita y su infraestructura de evacuación en el T.M. de Torremocha de Jarama-Comunidad de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14916
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria de la parte
correspondiente a la infraestructura de evacuación del proyecto «Modificación del
proyecto Parque Solar Fotovoltaico GR Bisbita y su infraestructura de evacuación en el
T.M. de Torremocha de Jarama-Comunidad de Madrid», ya que no se prevén efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y
prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.
Sin embargo, es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental
ordinaria de la parte correspondiente a la ampliación de la PSFV del proyecto
«Modificación del proyecto Parque Solar Fotovoltaico GR Bisbita y su infraestructura de
evacuación en el T.M. de Torremocha de Jarama-Comunidad de Madrid», al no haber
quedado descartados durante la tramitación, los efectos significativos de esta actuación
sobre el medio ambiente.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 27 de enero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
cve: BOE-A-2025-1947
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14916
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental,
Esta Dirección General resuelve:
De acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho alegados y
como resultado de la evaluación de impacto ambiental practicada, que no es necesario el
sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria de la parte
correspondiente a la infraestructura de evacuación del proyecto «Modificación del
proyecto Parque Solar Fotovoltaico GR Bisbita y su infraestructura de evacuación en el
T.M. de Torremocha de Jarama-Comunidad de Madrid», ya que no se prevén efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y
prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.
Sin embargo, es necesario el sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental
ordinaria de la parte correspondiente a la ampliación de la PSFV del proyecto
«Modificación del proyecto Parque Solar Fotovoltaico GR Bisbita y su infraestructura de
evacuación en el T.M. de Torremocha de Jarama-Comunidad de Madrid», al no haber
quedado descartados durante la tramitación, los efectos significativos de esta actuación
sobre el medio ambiente.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 27 de enero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
cve: BOE-A-2025-1947
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 29