Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1944)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del «Proyecto constructivo para la ampliación de la desalinizadora de Valdelentisco (Isla Plana, Cartagena, Murcia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14864
Con fecha de 19 de abril de 2024, se reitera solicitud de informe a la Subdirección
General de Dominio Público Marítimo Terrestre, Subdirección General para la Protección
del Mar y Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del el Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Asimismo, se requiere informe,
a través de sus órganos jerárquicamente superiores, a la Dirección General de Medio
Ambiente y a la Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca
Fluvial, ambas de la Región de Murcia.
El informe de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO se recibe el 9 de mayo de 2024; el de la Subdirección General de Planificación,
Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, el 25 de junio de 2024; los
de la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO, el 26 de septiembre de 2024;
y el de la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia, el 11 de
diciembre de 2024.
Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis técnico realizado,
con fecha 11 de octubre de 2024, se traslada al promotor la necesidad de adoptar
determinadas medidas planteadas por las administraciones afectadas para mitigar los
posibles impactos significativos detectados relativos a la modificación del medio marino y
de su biocenosis, generación de residuos, afección al dominio público marítimo-terrestre
y a espacios protegidos y Red Natura 2000, entre otros.
En respuesta, el 25 de octubre de 2024, se recibe documento «Información
complementaria al documento ambiental y consideraciones a incluir en el proyecto»,
acompañada de tres anexos, que incluyen estudios sobre el comportamiento del flujo en
la torre de toma de la desalinizadora; sobre el diseño ambiental del nuevo tramo difusor
del emisario; y sobre el uso de las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto
ambiental en los proyectos de ampliación de plantas desaladoras. La documentación
recibida aclara, subsana o acepta expresa e íntegramente las modificaciones
propuestas, las cuales pasan a integrar la versión final del proyecto sobre la que versa el
presente procedimiento.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los
criterios del anexo III, de la ley de evaluación ambiental.
Características del proyecto:
Todas las instalaciones de desalación de la planta de Valdelentisco se ubican en una
parcela de superficie aproximada 1 ha, salvo la cántara de captación de agua marina,
localizada más próxima a costa, a 700 m de la planta. En la actualidad, las instalaciones
en tierra disponen de espacio para acoger los elementos necesarios (nuevos
bastidores/racks, bombas adicionales, ampliación de filtros, sustitución arena-antracita
por vidrio activado como medio filtrante, etc.) para incrementar la producción de agua
desalada hasta los 70 hm3/año previstos como objetivo. Por ello, el proyecto no precisa
ampliar los límites de la actual parcela ni de obras de entidad dentro de la misma, como
la construcción de nuevas edificaciones. De esta forma, en el medio terrestre,
únicamente es necesario abrir una zanja para la nueva tubería de agua producto, que
supone ocupación de una superficie de 90 m x 7,5 m.
Respecto de las conducciones de la planta, es preciso introducir modificaciones en el
inmisario de agua marina y en el emisario de vertido de salmuera, debido a la necesidad
de aumentar el volumen de captación de agua salina; evitar el efecto de la termoclina
sobre las características del agua captada para mejorar el proceso de ósmosis; y evitar
el potencial impacto de los nuevos caudales ampliados del vertido sobre las praderas de
fanerógamas marinas localizadas en el ámbito de actuación.
El inmisario y emisario existentes discurren paralelos entre sí, tanto en su trazado
terrestre como marino. El tramo terrestre de estas conducciones es de 270 m. El tramo
marino del emisario subacuático es de 965 m y el del inmisario, hasta la torre de
cve: BOE-A-2025-1944
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14864
Con fecha de 19 de abril de 2024, se reitera solicitud de informe a la Subdirección
General de Dominio Público Marítimo Terrestre, Subdirección General para la Protección
del Mar y Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del el Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO). Asimismo, se requiere informe,
a través de sus órganos jerárquicamente superiores, a la Dirección General de Medio
Ambiente y a la Subdirección General de Planificación, Biodiversidad, Caza y Pesca
Fluvial, ambas de la Región de Murcia.
El informe de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del
MITECO se recibe el 9 de mayo de 2024; el de la Subdirección General de Planificación,
Biodiversidad, Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, el 25 de junio de 2024; los
de la Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO, el 26 de septiembre de 2024;
y el de la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia, el 11 de
diciembre de 2024.
Como consecuencia del resultado de las consultas y del análisis técnico realizado,
con fecha 11 de octubre de 2024, se traslada al promotor la necesidad de adoptar
determinadas medidas planteadas por las administraciones afectadas para mitigar los
posibles impactos significativos detectados relativos a la modificación del medio marino y
de su biocenosis, generación de residuos, afección al dominio público marítimo-terrestre
y a espacios protegidos y Red Natura 2000, entre otros.
En respuesta, el 25 de octubre de 2024, se recibe documento «Información
complementaria al documento ambiental y consideraciones a incluir en el proyecto»,
acompañada de tres anexos, que incluyen estudios sobre el comportamiento del flujo en
la torre de toma de la desalinizadora; sobre el diseño ambiental del nuevo tramo difusor
del emisario; y sobre el uso de las mejores tecnologías disponibles con el menor impacto
ambiental en los proyectos de ampliación de plantas desaladoras. La documentación
recibida aclara, subsana o acepta expresa e íntegramente las modificaciones
propuestas, las cuales pasan a integrar la versión final del proyecto sobre la que versa el
presente procedimiento.
Analizada la documentación obrante en el expediente y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según los
criterios del anexo III, de la ley de evaluación ambiental.
Características del proyecto:
Todas las instalaciones de desalación de la planta de Valdelentisco se ubican en una
parcela de superficie aproximada 1 ha, salvo la cántara de captación de agua marina,
localizada más próxima a costa, a 700 m de la planta. En la actualidad, las instalaciones
en tierra disponen de espacio para acoger los elementos necesarios (nuevos
bastidores/racks, bombas adicionales, ampliación de filtros, sustitución arena-antracita
por vidrio activado como medio filtrante, etc.) para incrementar la producción de agua
desalada hasta los 70 hm3/año previstos como objetivo. Por ello, el proyecto no precisa
ampliar los límites de la actual parcela ni de obras de entidad dentro de la misma, como
la construcción de nuevas edificaciones. De esta forma, en el medio terrestre,
únicamente es necesario abrir una zanja para la nueva tubería de agua producto, que
supone ocupación de una superficie de 90 m x 7,5 m.
Respecto de las conducciones de la planta, es preciso introducir modificaciones en el
inmisario de agua marina y en el emisario de vertido de salmuera, debido a la necesidad
de aumentar el volumen de captación de agua salina; evitar el efecto de la termoclina
sobre las características del agua captada para mejorar el proceso de ósmosis; y evitar
el potencial impacto de los nuevos caudales ampliados del vertido sobre las praderas de
fanerógamas marinas localizadas en el ámbito de actuación.
El inmisario y emisario existentes discurren paralelos entre sí, tanto en su trazado
terrestre como marino. El tramo terrestre de estas conducciones es de 270 m. El tramo
marino del emisario subacuático es de 965 m y el del inmisario, hasta la torre de
cve: BOE-A-2025-1944
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