Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2025-1933)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se corrigen errores en la de 24 de octubre de 2024, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación «R-PFR», y su anexo, para ser utilizado por Paccar Financial España, SLU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14770
Página 7
Asimismo, sí el Objeto
refrigerador o congelador:
incluye
mensualidades estipuladas en el Contrato hasta la
fecha en que el Objeto sea devuelto a PACCAR de
acuerdo con las condiciones establecidas en dicho
apartado.
remolque
12.
Otras consecuencias de la resolución
12.1.
No habrá fugas en el refrigerante ni el lubricante.
Si el Contrato fuera resuelto anticipadamente por
cualquier motivo, antes de que el Arrendatario haya
cumplido todas sus obligaciones de pago, el
Arrendatario deberá pagar inmediatamente a
PACCAR:
Las puertas deben cerrar adecuadamente.
a)
Todas las cantidades a pagar por el Contrato
vencidas y no pagadas a la fecha de la
resolución, junto con los intereses pagaderos
conforme a la cláusula 5.7 anterior.
b)
El coste de todas las reparaciones o
sustituciones requeridas a la fecha de la
resolución para dejar el Objeto en buen
estado
y
buenas
condiciones
de
funcionamiento (salvo el desgaste normal),
aunque si dichas reparaciones no hubieran
concluido en un plazo de 3 meses desde la
fecha de la resolución, el coste a pagar por el
Arrendatario será calculado por un
distribuidor o tasador consensuado por las
partes o, en su defecto, por un perito
designado por el Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Madrid u organismo que lo
sustituya en el futuro.
c)
La suma de todas las cantidades estipuladas
en el Contrato que hubieran sido pagaderas
desde la fecha efectiva de resolución hasta la
fecha de resolución del contrato inicialmente
acordada por las partes, menos la cantidad
neta obtenida por PACCAR en la venta del
Objeto.
d)
Cualquier otra cantidad a la que tenga
derecho PACCAR en forma de indemnización
por la resolución anticipada del contrato.
e)
Un importe de 500 euros en concepto de
gastos de administración.
Las unidades refrigeradoras deberán estar en
buen estado mecánico y totalmente operativas de
acuerdo con las especificaciones originales del
fabricante.
No debe haber daños internos, entre otros daños
por exposición solar y daños en el suelo.
El Arrendatario deberá cumplir todos los requisitos
establecidos por las autoridades reguladoras y
todas las normativas medioambientales relativas a
la sustitución y eliminación del refrigerante. El
Arrendatario es responsable de todos los gastos
que ocasionen las medidas necesarias para que
las unidades cumplan todos los requisitos y
normativas citados.
A la entrega del Objeto a PACCAR el Arrendatario
deberá devolver asimismo los certificados de
registro y los registros de mantenimiento y
reparaciones.
El Objeto debe cumplir todas las leyes y
normativas aplicables en el momento de la
devolución
El Arrendatario deberá eliminar todos los
distintivos,
números,
identificación
del
Arrendatario, pegamento y adhesivos del Objeto
sin daño a éste.
Antes de la devolución del Objeto el Arrendatario
deberá proporcionar, a su costa, a PACCAR un
informe de inspección del Objeto realizado por un
distribuidor autorizado o por el fabricante de fa
unidad, en su caso. Todos los informes de
inspección y resultados de pruebas deberán
entregarse a PACCAR al menos dos semanas
antes de la devolución del Objeto.
11.5.
El Arrendatario es responsable del coste de las
reparaciones que sean necesarias para poner el
Objeto en las condiciones requeridas por el Contrato,
incluyendo el reembolso a PACCAR de los gastos en
que hubiera incurrido éste por el posible
incumplimiento del Contrato.
11.6.
En caso de que el Arrendatario no devuelva el Objeto
conforme a lo dispuesto en la cláusula 11.1, de tal
manera que no sea posible su reutilización, alquiler,
venta y, en definitiva, disposición por parte de
PACCAR, deberá pagar a PACCAR una
indemnización
mensual
equivalente
a
las
En caso de resolución, la obligación del Arrendatario
se calculará como la suma de las cantidades
contempladas desde el apartado 12.1.a hasta el
12.1.e, salvo que la causa de resolución se deba a lo
establecido en la cláusula 10.3 anterior, en cuyo caso
la obligación del Arrendatario se determinará de
acuerdo con lo establecido en los apartados 12.1.a y
12.1.b
12.2.
Si se produce cualquiera de los supuestos
contemplados en el apartado 10.2 antes de la entrega
del Objeto, el Arrendatario deberá pagar a PACCAR
la cantidad establecida en la cláusula 12.1 anterior.
cve: BOE-A-2025-1933
Verificable en https://www.boe.es
circunferencial ni un desgaste excesivo por un
inflado o una alineación incorrectos.
Núm. 29
Lunes 3 de febrero de 2025
Sec. III. Pág. 14770
Página 7
Asimismo, sí el Objeto
refrigerador o congelador:
incluye
mensualidades estipuladas en el Contrato hasta la
fecha en que el Objeto sea devuelto a PACCAR de
acuerdo con las condiciones establecidas en dicho
apartado.
remolque
12.
Otras consecuencias de la resolución
12.1.
No habrá fugas en el refrigerante ni el lubricante.
Si el Contrato fuera resuelto anticipadamente por
cualquier motivo, antes de que el Arrendatario haya
cumplido todas sus obligaciones de pago, el
Arrendatario deberá pagar inmediatamente a
PACCAR:
Las puertas deben cerrar adecuadamente.
a)
Todas las cantidades a pagar por el Contrato
vencidas y no pagadas a la fecha de la
resolución, junto con los intereses pagaderos
conforme a la cláusula 5.7 anterior.
b)
El coste de todas las reparaciones o
sustituciones requeridas a la fecha de la
resolución para dejar el Objeto en buen
estado
y
buenas
condiciones
de
funcionamiento (salvo el desgaste normal),
aunque si dichas reparaciones no hubieran
concluido en un plazo de 3 meses desde la
fecha de la resolución, el coste a pagar por el
Arrendatario será calculado por un
distribuidor o tasador consensuado por las
partes o, en su defecto, por un perito
designado por el Colegio Oficial de Ingenieros
Industriales de Madrid u organismo que lo
sustituya en el futuro.
c)
La suma de todas las cantidades estipuladas
en el Contrato que hubieran sido pagaderas
desde la fecha efectiva de resolución hasta la
fecha de resolución del contrato inicialmente
acordada por las partes, menos la cantidad
neta obtenida por PACCAR en la venta del
Objeto.
d)
Cualquier otra cantidad a la que tenga
derecho PACCAR en forma de indemnización
por la resolución anticipada del contrato.
e)
Un importe de 500 euros en concepto de
gastos de administración.
Las unidades refrigeradoras deberán estar en
buen estado mecánico y totalmente operativas de
acuerdo con las especificaciones originales del
fabricante.
No debe haber daños internos, entre otros daños
por exposición solar y daños en el suelo.
El Arrendatario deberá cumplir todos los requisitos
establecidos por las autoridades reguladoras y
todas las normativas medioambientales relativas a
la sustitución y eliminación del refrigerante. El
Arrendatario es responsable de todos los gastos
que ocasionen las medidas necesarias para que
las unidades cumplan todos los requisitos y
normativas citados.
A la entrega del Objeto a PACCAR el Arrendatario
deberá devolver asimismo los certificados de
registro y los registros de mantenimiento y
reparaciones.
El Objeto debe cumplir todas las leyes y
normativas aplicables en el momento de la
devolución
El Arrendatario deberá eliminar todos los
distintivos,
números,
identificación
del
Arrendatario, pegamento y adhesivos del Objeto
sin daño a éste.
Antes de la devolución del Objeto el Arrendatario
deberá proporcionar, a su costa, a PACCAR un
informe de inspección del Objeto realizado por un
distribuidor autorizado o por el fabricante de fa
unidad, en su caso. Todos los informes de
inspección y resultados de pruebas deberán
entregarse a PACCAR al menos dos semanas
antes de la devolución del Objeto.
11.5.
El Arrendatario es responsable del coste de las
reparaciones que sean necesarias para poner el
Objeto en las condiciones requeridas por el Contrato,
incluyendo el reembolso a PACCAR de los gastos en
que hubiera incurrido éste por el posible
incumplimiento del Contrato.
11.6.
En caso de que el Arrendatario no devuelva el Objeto
conforme a lo dispuesto en la cláusula 11.1, de tal
manera que no sea posible su reutilización, alquiler,
venta y, en definitiva, disposición por parte de
PACCAR, deberá pagar a PACCAR una
indemnización
mensual
equivalente
a
las
En caso de resolución, la obligación del Arrendatario
se calculará como la suma de las cantidades
contempladas desde el apartado 12.1.a hasta el
12.1.e, salvo que la causa de resolución se deba a lo
establecido en la cláusula 10.3 anterior, en cuyo caso
la obligación del Arrendatario se determinará de
acuerdo con lo establecido en los apartados 12.1.a y
12.1.b
12.2.
Si se produce cualquiera de los supuestos
contemplados en el apartado 10.2 antes de la entrega
del Objeto, el Arrendatario deberá pagar a PACCAR
la cantidad establecida en la cláusula 12.1 anterior.
cve: BOE-A-2025-1933
Verificable en https://www.boe.es
circunferencial ni un desgaste excesivo por un
inflado o una alineación incorrectos.