Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1796)
Resolución de 21 de enero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional del Ovino y Caprino de Carne, para la organización de una extensión de misión inversa de compradores del sector de la carne de cordero y cabrito a celebrar en diversas localidades de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 14320
– Liderar el acompañamiento y programación de las agendas de los participantes
integrantes de la Extensión desde el punto de recogida en la feria/congreso hasta el
aeropuerto de salida de los vuelos de retorno a los países de origen.
– Realizar cualquier otra gestión que considere necesaria para el correcto desarrollo
de la misión en su zona.
– Asegurar la atención continua en inglés de los integrantes de la Extensión tanto en
las visitas a centros de producción como en el resto de actividades asociadas.
– Elaborar una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas en
cada una de la Extensión y que incluya la evaluación de la misión y la valoración de los
participantes españoles en la actividad mediante un cuestionario diseñado por la entidad
al efecto.
– Preparar una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por el
Colaborador, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los
gastos efectuados por el Colaborador.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la misión inversa.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Extensión de misión inversa que se lleven a cabo bajo el presente
Convenio y agendas de los participantes.
– Informar a las empresas españolas de la organización de la Extensión en el marco
del Convenio.
– Gestionar el viaje, alojamiento y manutención de una persona de ICEX que
acompañe a la misión.
– Elaborar una Memoria técnica que incluya la evaluación de la misión y la
valoración de los participantes internacionales y las tareas realizadas en cada una de la
Extensión organizada al amparo del presente Convenio.
– Preparar una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por
ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX.
Tercera.
Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la ejecución de la Extensión objeto de este
Convenio es de hasta veintiún mil quinientos euros (21.500 euros). De los cuales:
– ICEX aportará un importe máximo de mil quinientos euros (1.500 euros) con los
que financiará los gastos derivados del cumplimiento de las obligaciones que tiene
asignadas según lo dispuesto en la cláusula segunda de este Convenio.
– Por su parte, el Colaborador aportará un importe máximo de veinte mil euros
(20.000 euros) con los que financiará los gastos derivados del cumplimiento de las
obligaciones que tiene asignadas según lo dispuesto en la cláusula segunda de este
Convenio.
Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y evaluación de las Extensiones relacionadas con el presente
Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por el Colaborador y otros dos (2) designados por ICEX (en
lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte del Colaborador formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– El Director de INTEROVIC; y
– El responsable de Comunicación de INTEROVIC.
cve: BOE-A-2025-1796
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 27
Viernes 31 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 14320
– Liderar el acompañamiento y programación de las agendas de los participantes
integrantes de la Extensión desde el punto de recogida en la feria/congreso hasta el
aeropuerto de salida de los vuelos de retorno a los países de origen.
– Realizar cualquier otra gestión que considere necesaria para el correcto desarrollo
de la misión en su zona.
– Asegurar la atención continua en inglés de los integrantes de la Extensión tanto en
las visitas a centros de producción como en el resto de actividades asociadas.
– Elaborar una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas en
cada una de la Extensión y que incluya la evaluación de la misión y la valoración de los
participantes españoles en la actividad mediante un cuestionario diseñado por la entidad
al efecto.
– Preparar una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por el
Colaborador, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los
gastos efectuados por el Colaborador.
b)
Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
la misión inversa.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con la Extensión de misión inversa que se lleven a cabo bajo el presente
Convenio y agendas de los participantes.
– Informar a las empresas españolas de la organización de la Extensión en el marco
del Convenio.
– Gestionar el viaje, alojamiento y manutención de una persona de ICEX que
acompañe a la misión.
– Elaborar una Memoria técnica que incluya la evaluación de la misión y la
valoración de los participantes internacionales y las tareas realizadas en cada una de la
Extensión organizada al amparo del presente Convenio.
– Preparar una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados por
ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX.
Tercera.
Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la ejecución de la Extensión objeto de este
Convenio es de hasta veintiún mil quinientos euros (21.500 euros). De los cuales:
– ICEX aportará un importe máximo de mil quinientos euros (1.500 euros) con los
que financiará los gastos derivados del cumplimiento de las obligaciones que tiene
asignadas según lo dispuesto en la cláusula segunda de este Convenio.
– Por su parte, el Colaborador aportará un importe máximo de veinte mil euros
(20.000 euros) con los que financiará los gastos derivados del cumplimiento de las
obligaciones que tiene asignadas según lo dispuesto en la cláusula segunda de este
Convenio.
Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y evaluación de las Extensiones relacionadas con el presente
Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)
representantes designados por el Colaborador y otros dos (2) designados por ICEX (en
lo sucesivo, la Comisión de Seguimiento).
Por parte del Colaborador formarán parte de la Comisión de Seguimiento:
– El Director de INTEROVIC; y
– El responsable de Comunicación de INTEROVIC.
cve: BOE-A-2025-1796
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.