Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2025-1615)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13387
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la UVA es una entidad de derecho público cuyo objetivo es servicio público de
educación superior, y que mantiene un compromiso con la sociedad que va más allá de
su actividad empresarial, que conoce iniciativas que lleva a cabo la AECID y que quiere
colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la UVA debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la UVA el interés por contribuir a la formación en materia
de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores universitarios, y
manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese centro
educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a través de la
realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 5 de diciembre de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la UVA realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de
la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Oficinas de cooperación de
la AECID y Centros Culturales y de Formación en el exterior y siempre de acuerdo con el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
Compromisos de la AECID.
La AECID determinará en qué unidades se llevarán a cabo las prácticas en virtud de
la firma del presente acuerdo y según las condiciones establecidas en el mismo.
La AECID podrá, en función de sus necesidades y la demanda existente, publicar
periódicamente en su página web las plazas existentes para realizar prácticas
académicas externas no remuneradas, con destino en Servicios Centrales y/o en las
cve: BOE-A-2025-1615
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13387
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la UVA es una entidad de derecho público cuyo objetivo es servicio público de
educación superior, y que mantiene un compromiso con la sociedad que va más allá de
su actividad empresarial, que conoce iniciativas que lleva a cabo la AECID y que quiere
colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la UVA debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la UVA el interés por contribuir a la formación en materia
de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores universitarios, y
manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese centro
educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a través de la
realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 5 de diciembre de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes,
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la UVA realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de
la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Oficinas de cooperación de
la AECID y Centros Culturales y de Formación en el exterior y siempre de acuerdo con el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Segunda.
Compromisos de la AECID.
La AECID determinará en qué unidades se llevarán a cabo las prácticas en virtud de
la firma del presente acuerdo y según las condiciones establecidas en el mismo.
La AECID podrá, en función de sus necesidades y la demanda existente, publicar
periódicamente en su página web las plazas existentes para realizar prácticas
académicas externas no remuneradas, con destino en Servicios Centrales y/o en las
cve: BOE-A-2025-1615
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.