Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-1616)
Orden AUC/75/2025, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión del Premio Bartolomé de las Casas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13401
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/75/2025, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases
reguladoras de concesión del Premio Bartolomé de las Casas.
El Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación determina en su artículo 16.1 que la Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional (en adelante, SECI) es el órgano superior directamente responsable, bajo
la dirección de la persona titular del Departamento, de la planificación, dirección,
ejecución y evaluación de las políticas de cooperación para el desarrollo sostenible,
acción humanitaria y educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global,
desarrollada por la Administración General del Estado y entidades públicas
dependientes, así como de la coordinación de la acción cultural exterior.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, de un lado, expresa en su Preámbulo que la cooperación española
cuenta con un importante acervo de capacidades técnicas y conocimiento experto. A ello
suma capacidades singulares en campos como la cohesión social y territorial, la igualdad
de género, el fortalecimiento institucional, la cultura y el desarrollo, o el apoyo a los
pueblos indígenas y a sus derechos, así como a otros grupos vulnerables.
Y, de otro, el artículo 2.2.h) establece que la cooperación española para el desarrollo
sostenible afirma como uno de sus principios básicos la defensa de los derechos de los
pueblos indígenas, y en el artículo 4.1.p) se expresa que la política española de
cooperación para el desarrollo sostenible persigue, entre otros, el objetivo de apoyar el
desarrollo económico, social y cultural de los pueblos indígenas y afrodescendientes
mediante la lucha contra toda forma de exclusión y defender y promover sus derechos,
en especial el derecho a participar de forma efectiva en las decisiones que les afectan;
establecer alianzas con sus autoridades propias y organizaciones representativas en los
países socios y en el marco internacional, de Naciones Unidas, europeo, iberoamericano
y en otros ámbitos regionales.
Se establece como principio fundamental de la política de cooperación la protección
y promoción de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos
Humanos y en los principales tratados internacionales sobre derechos humanos y
destacan, entre los objetivos de esta política pública, los siguientes: promover la
democracia y los derechos humanos, construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas,
propiciar una sociedad civil fuerte, un espacio cívico abierto y propicio para la
participación democrática y la cultura de paz; promover el diálogo, la cooperación cultural
y la acción cultural para el desarrollo sostenible, impulsando el reconocimiento de las
expresiones culturales en toda su diversidad y la conservación del patrimonio cultural,
así como la dimensión cultural del desarrollo y su función generadora de participación y
cohesión social. Es tarea de la cooperación española apoyar el desarrollo económico,
social y cultural de los pueblos indígenas mediante la lucha contra toda forma de
exclusión y defender y promover sus derechos en el marco de los principales
instrumentos internacionales para su reconocimiento y protección. Asimismo, la citada
Ley 1/2023, de 20 de febrero, reconoce en el artículo 5.3 como prioridad geográfica y
temática a los países de América Latina y el Caribe y el marco iberoamericano.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante,
AECID), es una Agencia Estatal de las previstas en el artículo 84.1.a).3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, e integrante del
cve: BOE-A-2025-1616
Verificable en https://www.boe.es
1616
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 13401
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
Orden AUC/75/2025, de 20 de enero, por la que se aprueban las bases
reguladoras de concesión del Premio Bartolomé de las Casas.
El Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación determina en su artículo 16.1 que la Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional (en adelante, SECI) es el órgano superior directamente responsable, bajo
la dirección de la persona titular del Departamento, de la planificación, dirección,
ejecución y evaluación de las políticas de cooperación para el desarrollo sostenible,
acción humanitaria y educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía global,
desarrollada por la Administración General del Estado y entidades públicas
dependientes, así como de la coordinación de la acción cultural exterior.
La Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, de un lado, expresa en su Preámbulo que la cooperación española
cuenta con un importante acervo de capacidades técnicas y conocimiento experto. A ello
suma capacidades singulares en campos como la cohesión social y territorial, la igualdad
de género, el fortalecimiento institucional, la cultura y el desarrollo, o el apoyo a los
pueblos indígenas y a sus derechos, así como a otros grupos vulnerables.
Y, de otro, el artículo 2.2.h) establece que la cooperación española para el desarrollo
sostenible afirma como uno de sus principios básicos la defensa de los derechos de los
pueblos indígenas, y en el artículo 4.1.p) se expresa que la política española de
cooperación para el desarrollo sostenible persigue, entre otros, el objetivo de apoyar el
desarrollo económico, social y cultural de los pueblos indígenas y afrodescendientes
mediante la lucha contra toda forma de exclusión y defender y promover sus derechos,
en especial el derecho a participar de forma efectiva en las decisiones que les afectan;
establecer alianzas con sus autoridades propias y organizaciones representativas en los
países socios y en el marco internacional, de Naciones Unidas, europeo, iberoamericano
y en otros ámbitos regionales.
Se establece como principio fundamental de la política de cooperación la protección
y promoción de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos
Humanos y en los principales tratados internacionales sobre derechos humanos y
destacan, entre los objetivos de esta política pública, los siguientes: promover la
democracia y los derechos humanos, construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas,
propiciar una sociedad civil fuerte, un espacio cívico abierto y propicio para la
participación democrática y la cultura de paz; promover el diálogo, la cooperación cultural
y la acción cultural para el desarrollo sostenible, impulsando el reconocimiento de las
expresiones culturales en toda su diversidad y la conservación del patrimonio cultural,
así como la dimensión cultural del desarrollo y su función generadora de participación y
cohesión social. Es tarea de la cooperación española apoyar el desarrollo económico,
social y cultural de los pueblos indígenas mediante la lucha contra toda forma de
exclusión y defender y promover sus derechos en el marco de los principales
instrumentos internacionales para su reconocimiento y protección. Asimismo, la citada
Ley 1/2023, de 20 de febrero, reconoce en el artículo 5.3 como prioridad geográfica y
temática a los países de América Latina y el Caribe y el marco iberoamericano.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (en adelante,
AECID), es una Agencia Estatal de las previstas en el artículo 84.1.a).3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, e integrante del
cve: BOE-A-2025-1616
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