Ministerio de Política Territorial y Memoria DemocráticaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-2983)
Extracto del Real Decreto 1283/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los municipios de Barcelona y Madrid con el fin de llevar a cabo proyectos para la transformación digital y modernización de sus ayuntamientos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4605
institucional; y, especialmente, por su condición de impulsores de crecimiento y
transformación digital para todo el territorio nacional y por su permeabilidad a la
hora de absorber recursos económicos y transformarlos en proyectos innovadores
y de transformación digital, claves para una mejor administración local.
Las subvenciones contempladas en este real decreto se destinarán a financiar
proyectos de modernización y digitalización, en el ámbito de los municipios de
Barcelona y Madrid, que se enmarquen en alguna de las líneas estratégicas
enunciadas en el artículo 5, y cuyo contenido está alineado con la Estrategia Digital
2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 y otras
acciones de modernización dirigidas al sector público.
Tercero.- Bases reguladoras:
Real Decreto 1283/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a los municipios de Barcelona y Madrid con el fin de llevar
a cabo proyectos para la transformación digital y modernización de sus
ayuntamientos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Cuarto.- Cuantía:
La asignación entre las entidades beneficiarias se ha determinado en función
de su número de habitantes, teniendo en cuenta, para todas las entidades, las
cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, referidas al 1 de
enero de 2023. La cuantía máxima de la ayuda correspondiente al Ayuntamiento
de Barcelona es de 1.902.707,74 € y la cuantía máxima correspondiente al
Ayuntamiento de Madrid es de 3.837.676,45 €. El importe máximo total de las
ayudas para los dos ayuntamientos es de 5.740.384,19 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Con carácter previo a la concesión, la entidad beneficiaria deberá presentar,
ante cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo máximo de 45 días desde la entrada en vigor de este real
decreto, solicitud de la subvención firmada por la persona titular de la Alcaldía de
Barcelona y Madrid, respectivamente, dirigida a la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.- Ángel Víctor Torres Pérez. El Ministro de
Política Territorial y Memoria Democrática.
cve: BOE-B-2025-2983
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250003696-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 25
Miércoles 29 de enero de 2025
Sec. V-B. Pág. 4605
institucional; y, especialmente, por su condición de impulsores de crecimiento y
transformación digital para todo el territorio nacional y por su permeabilidad a la
hora de absorber recursos económicos y transformarlos en proyectos innovadores
y de transformación digital, claves para una mejor administración local.
Las subvenciones contempladas en este real decreto se destinarán a financiar
proyectos de modernización y digitalización, en el ámbito de los municipios de
Barcelona y Madrid, que se enmarquen en alguna de las líneas estratégicas
enunciadas en el artículo 5, y cuyo contenido está alineado con la Estrategia Digital
2025, el Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 y otras
acciones de modernización dirigidas al sector público.
Tercero.- Bases reguladoras:
Real Decreto 1283/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión
directa de subvenciones a los municipios de Barcelona y Madrid con el fin de llevar
a cabo proyectos para la transformación digital y modernización de sus
ayuntamientos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Cuarto.- Cuantía:
La asignación entre las entidades beneficiarias se ha determinado en función
de su número de habitantes, teniendo en cuenta, para todas las entidades, las
cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, referidas al 1 de
enero de 2023. La cuantía máxima de la ayuda correspondiente al Ayuntamiento
de Barcelona es de 1.902.707,74 € y la cuantía máxima correspondiente al
Ayuntamiento de Madrid es de 3.837.676,45 €. El importe máximo total de las
ayudas para los dos ayuntamientos es de 5.740.384,19 €.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Con carácter previo a la concesión, la entidad beneficiaria deberá presentar,
ante cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo máximo de 45 días desde la entrada en vigor de este real
decreto, solicitud de la subvención firmada por la persona titular de la Alcaldía de
Barcelona y Madrid, respectivamente, dirigida a la Dirección General de
Cooperación Autonómica y Local.
Madrid, 17 de diciembre de 2024.- Ángel Víctor Torres Pérez. El Ministro de
Política Territorial y Memoria Democrática.
cve: BOE-B-2025-2983
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250003696-1
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