Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1543)
Resolución 420/38019/2025, de 21 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Aérea de la Comunidad Valenciana, para promover la divulgación de la historia de la aeronáutica militar española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Martes 28 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 12817

relacionadas con el convenio, siempre que sea viable y sin que dificulte o comprometa
las actividades propias de la unidad implicada.
7. Facilitar a la FACV la realización de visitas de interés cultural a sus instalaciones.
8. Intercambiar con la FACV información sobre la existencia de aeronaves
históricas de interés o cualquier otro material aeronáutico susceptible de ser recuperado
para su exhibición.
9. Prestar a la FACV asesoramiento y apoyo técnico sobre mantenimiento y
preparación del material empleado en las actividades relacionadas con el convenio, si la
cualificación y disponibilidad de recursos humanos y materiales de medios lo permiten.
La FACV se compromete a:

1. Acordar la colaboración con otras personas, organismos, instituciones y
empresas de carácter público o privado que estén relacionados con el objeto de este
convenio y cuya cooperación se considere de interés para la realización de las
actividades que se acuerden.
2. Difundir la colaboración con el EA y mencionar su denominación y logotipo en
todos los soportes publicitarios, ruedas de prensa, carteles, programas, etc. que hagan
referencia a estas actividades.
3. Reconocer al EA como destinatario preferente de cualquier bien y documento de
valor histórico que la FACV decida depositar, donar o enajenar.
4. En caso de disolución de la Fundación, dar preferencia al EA como destinatario
preferente de los bienes y documentos de valor histórico.
5. En el supuesto de darse alguna de las situaciones previstas en los puntos 1 y 2 del
apartado b) de la presente cláusula, el MDEF EA realizará sus mejores esfuerzos y
colaborará con todas las partes afectadas, a fin de mantener la integridad de la colección de
la FACV objeto de dicho acuerdo y su permanencia en la ubicación en la que se encuentren
en ese momento, siempre y cuando ello no contravenga la legislación vigente.
6. Ofertar al EA la participación en los eventos que organice y sean acordes al
objeto de este convenio.
7. Participar en las actividades de divulgación organizadas por el MDEF que sean
acordes a este convenio y que sean viables para dicha fundación.
8. Mantener en el adecuado estado de conservación el material que ostente
señales o estarcidos del MDEF, que estarán previamente autorizados. Dicho material no
podrá ser utilizado en actividades que pudieran menoscabar la buena imagen de las
Fuerzas Armadas.
9. Asegurarse de que el personal implicado en la operación de las aeronaves que
previamente prestaran su servicio en el MDEF (pilotos, controladores de exhibiciones y
personal de mantenimiento) esté en posesión de la titulación pertinente en vigor y esté al
tanto de cualquier obligación que exija la legislación para la realización de su actividad.
10. Cumplir con la legislación en el momento y lugar donde realice sus actividades.
11. Facilitar al MDEF la realización de visitas de interés cultural a sus instalaciones.
12. Intercambiar con el MDEF información sobre la existencia de aeronaves
históricas de interés o cualquier otro material aeronáutico susceptible de ser recuperado
para su exhibición.
13. Prestar al MDEF asesoramiento y apoyo técnico sobre mantenimiento y
preparación del material empleado en las actividades relacionadas con el convenio, si la
cualificación y disponibilidad de recursos humanos y materiales de medios lo permiten.
14. En el marco de sus actividades, colaborará para promocionar y difundir, las
actividades y fondos del Servicio Histórico y Cultural del Ejército del Aire y del Espacio
(SHYCEA) y del Museo del Aire y del Espacio.

cve: BOE-A-2025-1543
Verificable en https://www.boe.es

b)