Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Titulaciones de recreo. (BOE-A-2025-1462)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan, para 2025, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de enero de 2025
10.
Sec. III. Pág. 11938
Tribunales
Los Tribunales que han de juzgar las pruebas serán nombrados por la Dirección
General de la Marina Mercante.
Los miembros de los Tribunales tendrán derecho al abono de indemnizaciones por
asistencias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio, a cuyos efectos los tribunales de capitán
de yate y patrón de yate serán incluidos en la primera categoría y los de patrón de
embarcación de recreo y patrón para la navegación básica en la segunda categoría de
las previstas en el artículo 33.2 del citado real decreto.
11.
Publicación horarios examen
Una vez finalizado el plazo de subsanación tras la publicación de los listados
provisionales de admitidos y conocido el número de aspirantes definitivo, los presidentes
de los tribunales publicarán los listados definitivos de personas admitidas a los
exámenes, junto con la fecha, horario y lugar de las pruebas, para cada una de las
titulaciones previstas en la convocatoria, que se podrán consultar en la página web del
Ministerio, a través del enlace:
https://www.transportes.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
12.
Resultado de los exámenes
Finalizados los exámenes, las listas provisionales de calificaciones (que se elevarán
a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones y valoradas las mismas) se
publicarán en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible,
pudiendo consultarse en enlace:
https://apps.fomento.gob.es/Titulaciones/Recreo/frm_RecConsultaNotas.aspx
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales para presentar por
escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas,
acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al secretario del Tribunal, con indicación de
los datos personales, domicilio, código postal de la localidad y dirección de correo
electrónico, al objeto de notificar la resolución dictada por el Tribunal tras la revisión de la
reclamación presentada. Serán desestimadas de oficio las reclamaciones en las que
falte alguno de los requisitos señalados anteriormente.
La comunicación se podrá realizar de forma presencial en el Registro General de la
Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier otro Registro de la Administración
General del Estado o a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, en el enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
presentacion-solicitudes-comunicaciones-escritos-dgmm-no-regulados-un-procedimientoestandar
Los secretarios de los tribunales, con el visto bueno de sus respectivos presidentes,
expedirán, a petición de las personas interesadas, certificación individual de las
calificaciones obtenidas, que se ajustarán al modelo oficial. No será necesario emitir
dicho certificado para aquellos aspirantes que hubieran superado las pruebas en su
totalidad.
cve: BOE-A-2025-1462
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
10.
Sec. III. Pág. 11938
Tribunales
Los Tribunales que han de juzgar las pruebas serán nombrados por la Dirección
General de la Marina Mercante.
Los miembros de los Tribunales tendrán derecho al abono de indemnizaciones por
asistencias, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio, a cuyos efectos los tribunales de capitán
de yate y patrón de yate serán incluidos en la primera categoría y los de patrón de
embarcación de recreo y patrón para la navegación básica en la segunda categoría de
las previstas en el artículo 33.2 del citado real decreto.
11.
Publicación horarios examen
Una vez finalizado el plazo de subsanación tras la publicación de los listados
provisionales de admitidos y conocido el número de aspirantes definitivo, los presidentes
de los tribunales publicarán los listados definitivos de personas admitidas a los
exámenes, junto con la fecha, horario y lugar de las pruebas, para cada una de las
titulaciones previstas en la convocatoria, que se podrán consultar en la página web del
Ministerio, a través del enlace:
https://www.transportes.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
12.
Resultado de los exámenes
Finalizados los exámenes, las listas provisionales de calificaciones (que se elevarán
a definitivas una vez finalizado el plazo de reclamaciones y valoradas las mismas) se
publicarán en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible,
pudiendo consultarse en enlace:
https://apps.fomento.gob.es/Titulaciones/Recreo/frm_RecConsultaNotas.aspx
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones provisionales para presentar por
escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas,
acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al secretario del Tribunal, con indicación de
los datos personales, domicilio, código postal de la localidad y dirección de correo
electrónico, al objeto de notificar la resolución dictada por el Tribunal tras la revisión de la
reclamación presentada. Serán desestimadas de oficio las reclamaciones en las que
falte alguno de los requisitos señalados anteriormente.
La comunicación se podrá realizar de forma presencial en el Registro General de la
Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier otro Registro de la Administración
General del Estado o a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible, en el enlace:
https://sede.transportes.gob.es/areas-actividad/marina-mercantemaritimo/
presentacion-solicitudes-comunicaciones-escritos-dgmm-no-regulados-un-procedimientoestandar
Los secretarios de los tribunales, con el visto bueno de sus respectivos presidentes,
expedirán, a petición de las personas interesadas, certificación individual de las
calificaciones obtenidas, que se ajustarán al modelo oficial. No será necesario emitir
dicho certificado para aquellos aspirantes que hubieran superado las pruebas en su
totalidad.
cve: BOE-A-2025-1462
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23