Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Marina mercante. Titulaciones de recreo. (BOE-A-2025-1462)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan, para 2025, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
5.
Sec. III. Pág. 11937
Desarrollo de los exámenes
En el momento de acceso al examen, a petición del secretario del Tribunal se podrá
pedir a la persona candidata que presente copia del justificante de pago de la tasa de
matriculación, debidamente sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC
que identifica los pagos realizados con DNI electrónico o certificado digital a través de la
sede electrónica, por lo que deberán acudir al examen con dicho justificante.
6.
Cuantía de las tasas
Las tasas por derechos de examen, para la obtención de las titulaciones para el
gobierno de embarcaciones de recreo, serán las contempladas en el artículo 22 de la
Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
que estén vigentes para el año 2025, de acuerdo con lo establecido en los Presupuestos
General del Estado en vigor, siendo sus cuantías en el momento de la publicación de
esta resolución las que se indican a continuación,
Tasas:
Capitán de yate: 87,10 euros.
Patrón de yate: 74,63 euros.
Patrón de embarcación de recreo: 55,98 euros.
Patrón para la navegación básica: 43,53 euros.
Si las cuantías de las tasas sufrieran variación a lo largo del año, el importe
actualizado de la tasa se podrá consultar en el siguiente enlace:
https://sede.transportes.gob.es/MFOM.Tasas.Web/TasaAutoliquidable.aspx?IdTasa=3
7.
Plazo de matrícula
Una vez finalizado el plazo de inscripción en cada convocatoria, según el calendario
que figura en el anexo II de la presente resolución, se hará pública la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, pudiendo, en el plazo de diez días hábiles, subsanar las
deficiencias aquellas personas que hayan resultado excluidas, conforme al artículo 68 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La lista provisional de personas admitidas y excluidas será publicada en la página
web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, pudiendo consultarse en el
enlace:
https://www.transportes.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
No presentación a examen
La no presentación a examen no dará lugar al cambio de la matrícula ni a la
devolución de la tasa abonada. Únicamente se prevé la posibilidad de devolución de la
tasa en los casos en que la ausencia sea debida a una enfermedad grave, circunstancia
esta que deberá ser debidamente justificada por un facultativo médico, y notificada en el
plazo de los tres días hábiles siguientes al examen.
9.
Lugares de examen
Los exámenes teóricos de las tres convocatorias previstas se celebrarán en la fecha
y lugar de celebración indicados en el anexo II de la presente resolución.
cve: BOE-A-2025-1462
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
5.
Sec. III. Pág. 11937
Desarrollo de los exámenes
En el momento de acceso al examen, a petición del secretario del Tribunal se podrá
pedir a la persona candidata que presente copia del justificante de pago de la tasa de
matriculación, debidamente sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC
que identifica los pagos realizados con DNI electrónico o certificado digital a través de la
sede electrónica, por lo que deberán acudir al examen con dicho justificante.
6.
Cuantía de las tasas
Las tasas por derechos de examen, para la obtención de las titulaciones para el
gobierno de embarcaciones de recreo, serán las contempladas en el artículo 22 de la
Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
que estén vigentes para el año 2025, de acuerdo con lo establecido en los Presupuestos
General del Estado en vigor, siendo sus cuantías en el momento de la publicación de
esta resolución las que se indican a continuación,
Tasas:
Capitán de yate: 87,10 euros.
Patrón de yate: 74,63 euros.
Patrón de embarcación de recreo: 55,98 euros.
Patrón para la navegación básica: 43,53 euros.
Si las cuantías de las tasas sufrieran variación a lo largo del año, el importe
actualizado de la tasa se podrá consultar en el siguiente enlace:
https://sede.transportes.gob.es/MFOM.Tasas.Web/TasaAutoliquidable.aspx?IdTasa=3
7.
Plazo de matrícula
Una vez finalizado el plazo de inscripción en cada convocatoria, según el calendario
que figura en el anexo II de la presente resolución, se hará pública la lista provisional de
personas admitidas y excluidas, pudiendo, en el plazo de diez días hábiles, subsanar las
deficiencias aquellas personas que hayan resultado excluidas, conforme al artículo 68 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La lista provisional de personas admitidas y excluidas será publicada en la página
web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, pudiendo consultarse en el
enlace:
https://www.transportes.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
No presentación a examen
La no presentación a examen no dará lugar al cambio de la matrícula ni a la
devolución de la tasa abonada. Únicamente se prevé la posibilidad de devolución de la
tasa en los casos en que la ausencia sea debida a una enfermedad grave, circunstancia
esta que deberá ser debidamente justificada por un facultativo médico, y notificada en el
plazo de los tres días hábiles siguientes al examen.
9.
Lugares de examen
Los exámenes teóricos de las tres convocatorias previstas se celebrarán en la fecha
y lugar de celebración indicados en el anexo II de la presente resolución.
cve: BOE-A-2025-1462
Verificable en https://www.boe.es
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