Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1449)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Sanidad y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el aumento de las habilidades y el conocimiento de los profesionales para el uso racional de medicamentos y tecnologías sanitarias, en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11805
social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en
que esté presente (artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, BOE núm. 70 de 23 de marzo), finalidad que la UNED recoge y especifica
en el artículo 4 b y c de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011 de 8 de
septiembre (BOE núm. 228 de 22 de septiembre).
Para el cumplimiento de dicha finalidad, la docencia de la UNED comprende varios
tipos de cursos, que pueden ser objeto de certificación o diploma, para cuya implantación
la UNED puede firmar convenios con otras instituciones u organismos interesados en su
establecimiento (artículo 245 y en relación al artículo 99.1.o. de los Estatutos de la
UNED), lo que constituye el marco legal de suscripción del programa objeto del
convenio.
Cuarto.
Que es conveniente la colaboración entre las partes para actuar en la mejora del
conocimiento de los profesionales sanitarios, siendo fruto de un acuerdo de colaboración
interadministrativa para la formación en materia de evaluación de medicamentos y
tecnologías sanitarias en el SNS.
En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene como objeto fundamental el establecer las bases de
colaboración entre la DGCYF y la UNED a los efectos de facilitar a los profesionales
del Sistema Nacional de Salud, la formación continuada como así se refleja en la
inversión C18.I5 a través de un programa de formación en el uso racional del
medicamento, un programa de formación en conocimiento científico para la acción
clínica y un programa de formación para el desarrollo de habilidades en lectura crítica
de la literatura científica.
Para la consecución del objeto del convenio:
Segunda.
Compromisos de las partes.
En concreto, la DGCYF se compromete a:
a) Colaborar en la organización y gestión de los cursos.
b) Dar publicidad a los cursos y colaborar en su difusión a través de las vías de
comunicación del Ministerio de Sanidad que se estimen pertinentes.
c) Validar los contenidos que formarán parte de las distintas líneas formativas.
cve: BOE-A-2025-1449
Verificable en https://www.boe.es
– La UNED será la encargada de trasladar los contenidos formativos seleccionados
por el Ministerio de Sanidad a una plataforma que permita acceder y cursar de manera
telemática los mismos. Se encargará además de todos los trámites necesarios para que
los alumnos cursen los contenidos, así como de la gestión y el mantenimiento de los
cursos online.
– Los contenidos formativos serán elaborados por la Federación de Asociaciones
Científico Médicas Españolas (FACME), la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria
(SEFH) y la red CASPe, y seleccionados por el Ministerio de Sanidad.
– El público objetivo que podrá recibir estos cursos serán aquellos profesionales que
se encuentren realizando la formación sanitaria especializada y titulados Especialistas en
Ciencias de la Salud, entendiéndose por tales lo descrito en la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11805
social, al progreso económico y a la cohesión de la sociedad y del entorno territorial en
que esté presente (artículo 2.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, BOE núm. 70 de 23 de marzo), finalidad que la UNED recoge y especifica
en el artículo 4 b y c de sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011 de 8 de
septiembre (BOE núm. 228 de 22 de septiembre).
Para el cumplimiento de dicha finalidad, la docencia de la UNED comprende varios
tipos de cursos, que pueden ser objeto de certificación o diploma, para cuya implantación
la UNED puede firmar convenios con otras instituciones u organismos interesados en su
establecimiento (artículo 245 y en relación al artículo 99.1.o. de los Estatutos de la
UNED), lo que constituye el marco legal de suscripción del programa objeto del
convenio.
Cuarto.
Que es conveniente la colaboración entre las partes para actuar en la mejora del
conocimiento de los profesionales sanitarios, siendo fruto de un acuerdo de colaboración
interadministrativa para la formación en materia de evaluación de medicamentos y
tecnologías sanitarias en el SNS.
En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene como objeto fundamental el establecer las bases de
colaboración entre la DGCYF y la UNED a los efectos de facilitar a los profesionales
del Sistema Nacional de Salud, la formación continuada como así se refleja en la
inversión C18.I5 a través de un programa de formación en el uso racional del
medicamento, un programa de formación en conocimiento científico para la acción
clínica y un programa de formación para el desarrollo de habilidades en lectura crítica
de la literatura científica.
Para la consecución del objeto del convenio:
Segunda.
Compromisos de las partes.
En concreto, la DGCYF se compromete a:
a) Colaborar en la organización y gestión de los cursos.
b) Dar publicidad a los cursos y colaborar en su difusión a través de las vías de
comunicación del Ministerio de Sanidad que se estimen pertinentes.
c) Validar los contenidos que formarán parte de las distintas líneas formativas.
cve: BOE-A-2025-1449
Verificable en https://www.boe.es
– La UNED será la encargada de trasladar los contenidos formativos seleccionados
por el Ministerio de Sanidad a una plataforma que permita acceder y cursar de manera
telemática los mismos. Se encargará además de todos los trámites necesarios para que
los alumnos cursen los contenidos, así como de la gestión y el mantenimiento de los
cursos online.
– Los contenidos formativos serán elaborados por la Federación de Asociaciones
Científico Médicas Españolas (FACME), la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria
(SEFH) y la red CASPe, y seleccionados por el Ministerio de Sanidad.
– El público objetivo que podrá recibir estos cursos serán aquellos profesionales que
se encuentren realizando la formación sanitaria especializada y titulados Especialistas en
Ciencias de la Salud, entendiéndose por tales lo descrito en la Ley 44/2003, de 21 de
noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.