Comunidad Autónoma de Aragón. I. Disposiciones generales. Energía. (BOE-A-2025-1392)
Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial en Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 11437
PREÁMBULO
I
Los Estados de la Unión Europea se han comprometido a lograr la neutralidad
climática antes del año 2050 cumpliendo los compromisos asumidos en el marco del
Acuerdo internacional de París, para lo que han asumido el Pacto Verde Europeo como
estrategia para alcanzar dicho objetivo, lo que implica una nueva forma de producción y
gestión de la energía. En este contexto, el sector de las energías renovables ha
experimentado en los últimos años un importante desarrollo y expansión para impulsar
una aceleración de la transición energética hacia energías no dependientes de los
combustibles fósiles, estableciéndose una serie de compromisos comunitarios y
nacionales de orden ambiental, como los previstos en el artículo 3 de la Ley 7/2021,
de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, o en el Plan Nacional
Integrado de Energía y Clima 2021-2030, con el fin de cumplir con los objetivos de
descarbonización, de manera que, mediante una reducción gradual de la emisión de
gases de efecto invernadero, con una serie de objetivos intermedios en 2030, se logre
en 2050 la neutralidad climática, lo que supondrá que el sistema eléctrico esté basado,
exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.
Este desarrollo de la implantación de plantas de producción de energías renovables
ha sido muy notable en la Comunidad Autónoma de Aragón, dado que esta cuenta con
extraordinarias fortalezas para su desarrollo, como es la disponibilidad de los principales
recursos naturales renovables que la originan: el viento y el sol, junto a una amplia
extensión territorial para su instalación.
El sector de las energías renovables goza, por ello, de un evidente y preferente valor
estratégico para la Comunidad Autónoma de Aragón. Junto a su finalidad
medioambiental, por su decisiva contribución a la reducción de las emisiones de gases
de efecto invernadero, debe ponderarse adecuadamente su perspectiva energética, que
permite disponer de alternativa de futuro a las energías no renovables, promover la
autonomía y suficiencia energética de España y Europa frente a la dependencia de
terceros países, satisfacer el creciente incremento de la demanda energética e, incluso,
promover en ese contexto la reducción de precios de la energía para los ciudadanos y
las empresas, adquiriendo un papel fundamental en la lucha contra la pobreza
energética, tal y como recoge la Directiva UE 2023/2413, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de octubre de 2023.
La configuración del sector energético renovable se presenta, además, como un
factor esencial de crecimiento económico para la Comunidad Autónoma de Aragón, no
solo por su contribución directa al PIB aragonés, la generación de empleo, la
recaudación fiscal o el ahorro en costes de emisión de CO2 a la atmósfera, sino,
fundamentalmente, por constituirse como foco de atracción y dinamización de
inversiones industriales y empresariales, con especial incidencia en diversos sectores
como el tecnológico (con un posicionamiento de liderazgo en España y Europa), el
logístico, el de la automoción eléctrica o el sanitario, que demandan para su implantación
y desarrollo disponer de fuentes de energía renovable y sistemas de suministro eléctrico
que permitan a las empresas disminuir sus costes energéticos y las emisiones de CO2
asociadas a sus procesos productivos, reportándoles beneficios económicos, sociales y
reputacionales.
En este escenario de impulso al crecimiento del sector energético desde las
exigencias climáticas, la Comunidad Autónoma de Aragón aspira a promover una política
energética competitiva, ordenada, responsable y sostenible mediante la realización de
una adecuada planificación y ordenación que garantice un equilibrio entre la continuidad
de su competitividad energética renovable mediante propuestas que resulten atractivas
para la localización de estas compañías regionales, nacionales e internacionales, con
todos los beneficios que conlleva (económicos, energéticos y ambientales), y el respeto
de los valores ambientales, paisajísticos, agrarios, urbanos o culturales que puedan
verse implicados, cuya protección también le corresponde. Todo ello con una regulación
cve: BOE-A-2025-1392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. I. Pág. 11437
PREÁMBULO
I
Los Estados de la Unión Europea se han comprometido a lograr la neutralidad
climática antes del año 2050 cumpliendo los compromisos asumidos en el marco del
Acuerdo internacional de París, para lo que han asumido el Pacto Verde Europeo como
estrategia para alcanzar dicho objetivo, lo que implica una nueva forma de producción y
gestión de la energía. En este contexto, el sector de las energías renovables ha
experimentado en los últimos años un importante desarrollo y expansión para impulsar
una aceleración de la transición energética hacia energías no dependientes de los
combustibles fósiles, estableciéndose una serie de compromisos comunitarios y
nacionales de orden ambiental, como los previstos en el artículo 3 de la Ley 7/2021,
de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, o en el Plan Nacional
Integrado de Energía y Clima 2021-2030, con el fin de cumplir con los objetivos de
descarbonización, de manera que, mediante una reducción gradual de la emisión de
gases de efecto invernadero, con una serie de objetivos intermedios en 2030, se logre
en 2050 la neutralidad climática, lo que supondrá que el sistema eléctrico esté basado,
exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.
Este desarrollo de la implantación de plantas de producción de energías renovables
ha sido muy notable en la Comunidad Autónoma de Aragón, dado que esta cuenta con
extraordinarias fortalezas para su desarrollo, como es la disponibilidad de los principales
recursos naturales renovables que la originan: el viento y el sol, junto a una amplia
extensión territorial para su instalación.
El sector de las energías renovables goza, por ello, de un evidente y preferente valor
estratégico para la Comunidad Autónoma de Aragón. Junto a su finalidad
medioambiental, por su decisiva contribución a la reducción de las emisiones de gases
de efecto invernadero, debe ponderarse adecuadamente su perspectiva energética, que
permite disponer de alternativa de futuro a las energías no renovables, promover la
autonomía y suficiencia energética de España y Europa frente a la dependencia de
terceros países, satisfacer el creciente incremento de la demanda energética e, incluso,
promover en ese contexto la reducción de precios de la energía para los ciudadanos y
las empresas, adquiriendo un papel fundamental en la lucha contra la pobreza
energética, tal y como recoge la Directiva UE 2023/2413, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de octubre de 2023.
La configuración del sector energético renovable se presenta, además, como un
factor esencial de crecimiento económico para la Comunidad Autónoma de Aragón, no
solo por su contribución directa al PIB aragonés, la generación de empleo, la
recaudación fiscal o el ahorro en costes de emisión de CO2 a la atmósfera, sino,
fundamentalmente, por constituirse como foco de atracción y dinamización de
inversiones industriales y empresariales, con especial incidencia en diversos sectores
como el tecnológico (con un posicionamiento de liderazgo en España y Europa), el
logístico, el de la automoción eléctrica o el sanitario, que demandan para su implantación
y desarrollo disponer de fuentes de energía renovable y sistemas de suministro eléctrico
que permitan a las empresas disminuir sus costes energéticos y las emisiones de CO2
asociadas a sus procesos productivos, reportándoles beneficios económicos, sociales y
reputacionales.
En este escenario de impulso al crecimiento del sector energético desde las
exigencias climáticas, la Comunidad Autónoma de Aragón aspira a promover una política
energética competitiva, ordenada, responsable y sostenible mediante la realización de
una adecuada planificación y ordenación que garantice un equilibrio entre la continuidad
de su competitividad energética renovable mediante propuestas que resulten atractivas
para la localización de estas compañías regionales, nacionales e internacionales, con
todos los beneficios que conlleva (económicos, energéticos y ambientales), y el respeto
de los valores ambientales, paisajísticos, agrarios, urbanos o culturales que puedan
verse implicados, cuya protección también le corresponde. Todo ello con una regulación
cve: BOE-A-2025-1392
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 23