Consejo General Del Poder Judicial. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-1416)
Acuerdo de 21 de enero de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en la Escuela Judicial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 11538
Al personal funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, se
le asignará por este apartado tres puntos si han permanecido cinco años en la situación
de servicio activo en ese Cuerpo, o la parte proporcional que corresponda por el tiempo
prestado en ese Cuerpo o Escala en esa situación administrativa. No se valorará el
tiempo que hayan prestado como funcionarios interinos o sustituciones en ese Cuerpo.
En el caso del personal del Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y
Administrativa, se le asignará por este apartado tres puntos si han permanecido quince
años en la situación de servicio activo en ese Cuerpo, o la parte proporcional que
corresponda por el tiempo prestado en ese Cuerpo o Escala en esa situación
administrativa. No se valorará el tiempo que hayan prestado como funcionarios interinos
o sustituciones en ese Cuerpo.
I.2
Valoración del trabajo desarrollado.
Atendiendo a las características de los puestos desempeñados en los últimos cinco
años, en relación con las propias de la plaza convocada conforme se indica en el anexo
I, se adjudicarán hasta un máximo de 6,00 puntos que se valorarán según los siguientes
criterios:
– La experiencia y el tiempo de desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a
un área funcional o sectorial similar.
– El grado de similitud en el contenido técnico y especialización con la plaza
convocada según los méritos que se especifican en el anexo I.
A estos efectos, a quienes durante los últimos cinco años se hayan encontrado en la
situación de servicios especiales, se les considerará un periodo equivalente en situación
de servicio activo, salvo que hayan pasado a esa situación por haber obtenido un puesto
mediante concurso de méritos.
A las personas que durante los últimos cinco años se hayan encontrado en la
situación de excedencia por cuidado de familiares o por excedencia por razón de
violencia de género, se les considerará ese periodo como trabajado en el puesto desde
el que optaron a esa situación administrativa.
I.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.
En este apartado se valorarán un máximo de diez cursos, que deberán haber sido
realizados en los últimos diez años y se valorarán hasta un máximo de 3,00 puntos,
conforme a la siguiente graduación:
– Asistencia a cursos de 5 a 14 horas lectivas: 0,10 puntos.
– Asistencia a cursos de 15 a 29 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Asistencia a cursos de 30 a 59 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Asistencia a cursos de 60 o más horas lectivas: 0,70 puntos.
– Ponencias inferiores a 2 horas: 0,30 puntos.
– Ponencias de 2 horas e inferiores a 5 horas: 0,50 puntos.
– Ponencias de 5 horas a 8 horas: 0,75 puntos.
– Ponencias superiores a 8 horas: 1,00 punto.
Únicamente se tomarán en consideración los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos por centros oficiales públicos o en el ámbito de la
formación para el empleo de las Administraciones Públicas, que tengan relación directa
con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, según se describe en el citado
anexo I, en relación con los méritos contenidos para cada puesto.
cve: BOE-A-2025-1416
Verificable en https://www.boe.es
Si la participación en los cursos es como ponente, las puntuaciones serán:
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 11538
Al personal funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, se
le asignará por este apartado tres puntos si han permanecido cinco años en la situación
de servicio activo en ese Cuerpo, o la parte proporcional que corresponda por el tiempo
prestado en ese Cuerpo o Escala en esa situación administrativa. No se valorará el
tiempo que hayan prestado como funcionarios interinos o sustituciones en ese Cuerpo.
En el caso del personal del Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y
Administrativa, se le asignará por este apartado tres puntos si han permanecido quince
años en la situación de servicio activo en ese Cuerpo, o la parte proporcional que
corresponda por el tiempo prestado en ese Cuerpo o Escala en esa situación
administrativa. No se valorará el tiempo que hayan prestado como funcionarios interinos
o sustituciones en ese Cuerpo.
I.2
Valoración del trabajo desarrollado.
Atendiendo a las características de los puestos desempeñados en los últimos cinco
años, en relación con las propias de la plaza convocada conforme se indica en el anexo
I, se adjudicarán hasta un máximo de 6,00 puntos que se valorarán según los siguientes
criterios:
– La experiencia y el tiempo de desempeño de puestos de trabajo pertenecientes a
un área funcional o sectorial similar.
– El grado de similitud en el contenido técnico y especialización con la plaza
convocada según los méritos que se especifican en el anexo I.
A estos efectos, a quienes durante los últimos cinco años se hayan encontrado en la
situación de servicios especiales, se les considerará un periodo equivalente en situación
de servicio activo, salvo que hayan pasado a esa situación por haber obtenido un puesto
mediante concurso de méritos.
A las personas que durante los últimos cinco años se hayan encontrado en la
situación de excedencia por cuidado de familiares o por excedencia por razón de
violencia de género, se les considerará ese periodo como trabajado en el puesto desde
el que optaron a esa situación administrativa.
I.3 Cursos de formación y perfeccionamiento.
En este apartado se valorarán un máximo de diez cursos, que deberán haber sido
realizados en los últimos diez años y se valorarán hasta un máximo de 3,00 puntos,
conforme a la siguiente graduación:
– Asistencia a cursos de 5 a 14 horas lectivas: 0,10 puntos.
– Asistencia a cursos de 15 a 29 horas lectivas: 0,30 puntos.
– Asistencia a cursos de 30 a 59 horas lectivas: 0,50 puntos.
– Asistencia a cursos de 60 o más horas lectivas: 0,70 puntos.
– Ponencias inferiores a 2 horas: 0,30 puntos.
– Ponencias de 2 horas e inferiores a 5 horas: 0,50 puntos.
– Ponencias de 5 horas a 8 horas: 0,75 puntos.
– Ponencias superiores a 8 horas: 1,00 punto.
Únicamente se tomarán en consideración los cursos de formación y
perfeccionamiento impartidos por centros oficiales públicos o en el ámbito de la
formación para el empleo de las Administraciones Públicas, que tengan relación directa
con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo, según se describe en el citado
anexo I, en relación con los méritos contenidos para cada puesto.
cve: BOE-A-2025-1416
Verificable en https://www.boe.es
Si la participación en los cursos es como ponente, las puntuaciones serán: