Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1371)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E., y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para la instrumentación de la línea «Ico-Miteco Digitalización Usos del Agua».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Sábado 25 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 11178

Octavo.
Que, ante la confluencia de objetivos existentes, ambas partes están interesadas en
colaborar para la instrumentación de la Línea «Ico-Miteco Digitalización Usos del Agua»
(en adelante, Línea o Línea de financiación).
De acuerdo con lo anterior, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá
de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
Objeto y ámbito territorial.

I. Objeto. El objeto del presente convenio es establecer los términos de
colaboración entre el ICO y el MITECO, en relación con la Línea «Ico-Miteco
Digitalización Usos del Agua», con la finalidad de incentivar la concesión de financiación
a operadores públicos o privados de la gestión del ciclo urbano del agua,
administraciones territoriales y empresas de la industria consumidora del agua para
fomentar la modernización del ciclo de agua con el objetivo de lograr una gestión del
agua más eficiente y sostenible, en el marco del PERTE de digitalización de los usos del
agua del PRTR.
Es objeto de este convenio establecer los términos del desembolso de fondos del
MITECO al ICO, para su aplicación a operaciones formalizadas en la Línea, así como las
condiciones de la administración financiera por el ICO de dichos fondos.
Asimismo, es objeto de este convenio establecer el compromiso financiero de
MITECO para atender el gasto derivado de las comisiones a abonar al ICO por la
administración y gestión de las operaciones de financiación de la Línea «Ico-Miteco
Digitalización Usos del Agua».
En esta colaboración, el MITECO seleccionará los proyectos de digitalización del
ciclo urbano y de industrias que podrán beneficiarse de la financiación establecida en la
Línea «Ico-Miteco Digitalización Usos del Agua», de conformidad con los criterios y
requisitos que establezca en las bases reguladoras y convocatorias y que serán
confluentes con los principios y objetivos del PERTE de digitalización de los usos del
agua del PRTR, y pondrá a disposición del ICO la financiación asignada en los
Presupuestos Generales del Estado en los ejercicios 2025 y 2026, dentro del servicio 50
para tal fin, sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y
suficiente para financiar las obligaciones derivadas del convenio.
Por su parte el ICO pondrá en marcha una línea de financiación de Mediación a
través de entidades financieras intermediadoras, para hacer llegar a los proyectos
seleccionados los fondos PRTR destinados a la Línea «Ico-Miteco Digitalización Usos
del Agua», mediante préstamos reembolsables.
II. Bases reguladoras y convocatorias incluidas en la línea. Tras la publicación por
el MITECO de las bases reguladoras y convocatorias (para ciclo urbano del agua y para
industrias), que incluirá las condiciones, los criterios y requisitos técnicos que resulten de
aplicación en la Línea, se informará por MITECO al ICO de la correspondiente
publicación, que a su vez será comunicada por el ICO a las entidades financieras
intermediarias.
III. Ámbito territorial. El ámbito territorial de aplicación de este convenio será el
Estado español.
Segunda.

Naturaleza y régimen jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se encuadra dentro de los
establecidos en el artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, quedando sometido al régimen jurídico de convenios previsto
en el capítulo VI del título preliminar de la citada ley.

cve: BOE-A-2025-1371
Verificable en https://www.boe.es

Primera.