Comunitat Valenciana. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-1261)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia y Administración Pública, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10392
hasta doce puntos según el nivel de conocimientos acreditado en los términos
siguientes:
2.1
En el ámbito de la Comunitat Valenciana:
1. Certificado de grado elemental (B1): cuatro puntos.
2. Certificado de grado medio (C1): ocho puntos.
3. Certificado de grado superior (C2): doce puntos.
La aportación de documentos acreditativos del conocimiento de idioma se realizará
en los casos previstos en el punto 3.6 del Manual del Asistente de Inscripción. El
asistente propondrá al concursante un nivel de idioma que el Ministerio tenga registrado
de concursos anteriores, o no propondrá nada si no hay ningún dato registrado. En caso
de que se proponga un nivel y éste no haya cambiado no es necesario adjuntar
documentación.
Por el contrario, si se selecciona un nuevo nivel o idioma, se deberá adjuntar el
certificado correspondiente. En caso de que haya variado el nivel o el idioma y no se
aporte dicho certificado, no se tendrá en cuenta.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el
concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.
Quinta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Anexo II. Recuadro V-1: El personal funcionario destinado definitivamente en
puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como
el que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de
familiares que tengan reservado su puesto de trabajo en el ámbito territorial de la
Comunitat Valenciana, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete
días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana», según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.
2. Anexo II. Recuadro V-2: El personal funcionario destinado en puestos de trabajo
de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones
que se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23
de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los
Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que desee solicitar plazas ofertadas
en el presente concurso, rellenará su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete
días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»,
según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.
3. Anexo II. Recuadro V-3: Las funcionarias y los funcionarios que se encuentren en
cualquiera de las siguientes situaciones:
– Excedencia voluntaria por agrupación familiar o por interés particular.
– Adscripción provisional por haber reingresado desde la situación de suspensión
definitiva.
– Adscripción provisional por haber reingresado al haber sido rehabilitados/as.
– Adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan
reserva de puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2025-1261
Verificable en https://www.boe.es
El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta
resolución, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de
los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por
los medios indicados en el punto 7 de la presente base.
Núm. 21
Viernes 24 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 10392
hasta doce puntos según el nivel de conocimientos acreditado en los términos
siguientes:
2.1
En el ámbito de la Comunitat Valenciana:
1. Certificado de grado elemental (B1): cuatro puntos.
2. Certificado de grado medio (C1): ocho puntos.
3. Certificado de grado superior (C2): doce puntos.
La aportación de documentos acreditativos del conocimiento de idioma se realizará
en los casos previstos en el punto 3.6 del Manual del Asistente de Inscripción. El
asistente propondrá al concursante un nivel de idioma que el Ministerio tenga registrado
de concursos anteriores, o no propondrá nada si no hay ningún dato registrado. En caso
de que se proponga un nivel y éste no haya cambiado no es necesario adjuntar
documentación.
Por el contrario, si se selecciona un nuevo nivel o idioma, se deberá adjuntar el
certificado correspondiente. En caso de que haya variado el nivel o el idioma y no se
aporte dicho certificado, no se tendrá en cuenta.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el
concursante posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.
Quinta. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Anexo II. Recuadro V-1: El personal funcionario destinado definitivamente en
puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como
el que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de
familiares que tengan reservado su puesto de trabajo en el ámbito territorial de la
Comunitat Valenciana, rellenarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete
días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat
Valenciana», según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.
2. Anexo II. Recuadro V-2: El personal funcionario destinado en puestos de trabajo
de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones
que se encuentren en excedencia del artículo 506. d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23
de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los
Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que desee solicitar plazas ofertadas
en el presente concurso, rellenará su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II,
cumplimentando todos los apartados que se le exijan, presentándola en el plazo de siete
días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución
en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana»,
según el mecanismo indicado en el punto 7 de la presente base.
3. Anexo II. Recuadro V-3: Las funcionarias y los funcionarios que se encuentren en
cualquiera de las siguientes situaciones:
– Excedencia voluntaria por agrupación familiar o por interés particular.
– Adscripción provisional por haber reingresado desde la situación de suspensión
definitiva.
– Adscripción provisional por haber reingresado al haber sido rehabilitados/as.
– Adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan
reserva de puesto de trabajo.
cve: BOE-A-2025-1261
Verificable en https://www.boe.es
El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta
resolución, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de
los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por
los medios indicados en el punto 7 de la presente base.