Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-1205)
Resolución de 2 de enero de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Generalitat de Catalunya, para el control de la incapacidad temporal durante el periodo 2025 a 2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Jueves 23 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9780

En el caso de imputación de costes generales o de estructura (por ejemplo: costes
de personal que se dedique parcialmente a temas referidos a la aplicación de este
convenio), se detallará el gasto total, el criterio general de distribución de este tipo de
coste, el porcentaje correspondiente a la ejecución de las actuaciones previstas en este
convenio y el importe imputado.
En el caso de imputación de costes de formación se indicarán la denominación del
curso de formación, el número de asistentes a los mismos y su coste de impartición.
En el caso de que se aplicara a este convenio la financiación de algún elemento del
inmovilizado material o inmaterial (aplicaciones informáticas) deberá señalarse el
porcentaje de amortización aplicado.
En el caso de gastos que se imputen a varias actuaciones financiadas en este
concepto, se actuará con el mismo criterio que con los costes indirectos.
3.

Cuadro resumen del gasto.

cve: BOE-A-2025-1205
Verificable en https://www.boe.es

Al final de la memoria, deberá presentarse un cuadro resumen de gasto por cada
actuación financiada y otro por cada uno de los conceptos de gasto realizados en el
ejercicio.
Por último, indicar que la memoria financiera deberá ser firmada por el responsable
de la ejecución económica o presupuestaria de la entidad que asuma la gestión de las
actuaciones materiales del convenio: la propia Consejería de Sanidad, el Servicio
Autonómico de Salud, etc.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X