Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-1120)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Fuencarral, SLU, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Envatios XXII-Fase II, de 279,9 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Cobeja y Borox (Toledo), y de Colmenar de Oreja (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9461

– Elaborar un análisis del aprovechamiento cinegético de la zona según la
condición 1. ii).Salud y población. (6).
– Establecer una zona de amortiguación de 15 m en el entorno de cada uno de los
bienes de interés cultural existentes en el ámbito de las instalaciones proyectadas, según
la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (2).
– Respetar el Dominio Público Pecuario, situándose el vallado fuera de las vías
pecuarias, según las condiciones 1.ii). Patrimonio cultural. (9). y 1.ii). Patrimonio cultural. (15).
– Presentar el proyecto definitivo, en formato digital, para su evaluación por parte del
Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes de
Toledo, según la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (13).
– Establecer una zona de exclusión de al menos 25 m de radio respecto a «Chozo
de Valdeón», según la condición 1.ii). Patrimonio cultural. (16). (b).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA, según el apartado 1.iii).
Igualmente, cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la
DIA debían estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose para la identificación de cada una de las medidas
definidas en la citada DIA, previamente a su aprobación.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa de las
modificaciones sobre el proyecto y la autorización administrativa de construcción del
mismo, con fecha 15 de octubre de 2024, el promotor presenta documentación
acreditativa del cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto
ambiental y en la citada Resolución de autorización administrativa previa, incluyendo
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando que, en virtud del artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
formarán parte de la instalación de producción sus infraestructuras de evacuación, que
incluyen la conexión con la red de transporte o de distribución, y en su caso, la
transformación de energía eléctrica.
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 30 kV con origen en los centros de transformación de
las plantas, discurriendo hasta:
● La subestación transformadora Cobeja 30/220 kV (Cobeja, en la provincia de
Toledo) la línea con origen en la planta situada en el término municipal de Cobeja;
● La subestación transformadora Borox Sur 30/220 kV (Borox, en la provincia de
Toledo) la línea con origen en la planta situada en el término municipal de Borox; y
● La subestación transformadora Colmenar Fuencarral 30/220 kV (Colmenar de
Oreja, en la provincia de Comunidad de Madrid) la línea con origen en la planta situada
en el término municipal de Colmenar de Oreja.
– La subestación transformadora Borox Sur 30/220 kV, ubicada en el término
municipal de Borox, en la provincia de Toledo.
El resto de la infraestructura de evacuación hasta la conexión a la subestación
Fuencarral 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, cuenta con autorización
administrativa de construcción otorgada mediante Resolución de la Dirección General de
Política Energética y Minas con misma fecha que la presente resolución (FV Los
Pradillos, SGIISE/PFot-550) y con fecha 19 de septiembre de 2024 (FV Envatios XXIVFase I, SGIISE/PFot-510):
– La subestación transformadora Cobeja 30/220 kV, ubicada en el término municipal
de Cobeja, en la provincia de Toledo.

cve: BOE-A-2025-1120
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Núm. 19