Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-1053)
Resolución de 28 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario, para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, con la titulación universitaria de Titulado Superior, fuera del Convenio Único de la Administración General del Estado, en el marco de estabilización de empleo temporal, en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9080
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo para las plazas a las que se accederá mediante
sistema de concurso
El proceso selectivo para acceder a las plazas descritas en el anexo II constará de
una fase de concurso con las valoraciones que se detallan a continuación:
Fase de concurso:
Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos los siguientes méritos, que deberán
poseerse a la fecha de publicación de la presente convocatoria:
1. Servicios efectivos prestados como personal laboral en el organismo de destino
de la plaza a la que se opta, con la misma clasificación profesional de personal laboral
de la AGE, y con funciones similares a las descritas en el anexo II: 0,5 puntos por mes
completo, hasta un máximo de 60 puntos.
2. Servicios efectivos prestados como personal laboral en otros organismos de la
Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal
laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones similares a las descritas en
el anexo II: 0,3 puntos por mes completo, hasta un máximo de 36 puntos.
3. Servicios efectivos prestados como personal laboral con en la Administración
General del Estado, con una clasificación profesional diferente de la plaza a la que se
opta, en el ámbito de otros convenios, con funciones equivalentes a las descritas en el
anexo II: 0,275 puntos por mes completo, hasta un máximo de 33 puntos.
4. Servicios efectivos prestados como personal laboral en organismos de la
Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal
laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones distintas pero relacionadas
a las descritas en el anexo II: 0,258 puntos por mes completo, hasta un máximo de 31
puntos.
5. Servicios efectivos prestados como empleado o empleada público en otras
Administraciones Públicas, Órganos Constitucionales o equivalentes de las
Comunidades Autónomas, Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea, en la Administración Pública de los Estados a los que en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores; en trabajos con funciones distintas pero
relacionadas con las descritas en el anexo II: 0,25 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 30 puntos.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se computarán de forma proporcional.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta
aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble
valoración por un mismo período de prestación.
La forma de acreditación será el certificado expedido por la correspondiente unidad
de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia del
contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería
General de la Seguridad Social en los demás casos.
b) Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos: hasta un máximo
de 40 puntos:
1. Tener otra titulación oficial superior o de igual nivel a la exigida en la
convocatoria: máximo de 20 puntos.
cve: BOE-A-2025-1053
Verificable en https://www.boe.es
a) Méritos profesionales: se valorarán los servicios efectivos prestados en un
periodo máximo de 10 años, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, hasta un
máximo de 60 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación:
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9080
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo para las plazas a las que se accederá mediante
sistema de concurso
El proceso selectivo para acceder a las plazas descritas en el anexo II constará de
una fase de concurso con las valoraciones que se detallan a continuación:
Fase de concurso:
Se valorarán hasta un máximo de 100 puntos los siguientes méritos, que deberán
poseerse a la fecha de publicación de la presente convocatoria:
1. Servicios efectivos prestados como personal laboral en el organismo de destino
de la plaza a la que se opta, con la misma clasificación profesional de personal laboral
de la AGE, y con funciones similares a las descritas en el anexo II: 0,5 puntos por mes
completo, hasta un máximo de 60 puntos.
2. Servicios efectivos prestados como personal laboral en otros organismos de la
Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal
laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones similares a las descritas en
el anexo II: 0,3 puntos por mes completo, hasta un máximo de 36 puntos.
3. Servicios efectivos prestados como personal laboral con en la Administración
General del Estado, con una clasificación profesional diferente de la plaza a la que se
opta, en el ámbito de otros convenios, con funciones equivalentes a las descritas en el
anexo II: 0,275 puntos por mes completo, hasta un máximo de 33 puntos.
4. Servicios efectivos prestados como personal laboral en organismos de la
Administración General del Estado, con la misma clasificación profesional de personal
laboral de la AGE de la plaza a la que se opta, con funciones distintas pero relacionadas
a las descritas en el anexo II: 0,258 puntos por mes completo, hasta un máximo de 31
puntos.
5. Servicios efectivos prestados como empleado o empleada público en otras
Administraciones Públicas, Órganos Constitucionales o equivalentes de las
Comunidades Autónomas, Administraciones Públicas de los Estados miembros de la
Unión Europea, en la Administración Pública de los Estados a los que en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores; en trabajos con funciones distintas pero
relacionadas con las descritas en el anexo II: 0,25 puntos por mes completo, hasta un
máximo de 30 puntos.
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se computarán de forma proporcional.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta
aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble
valoración por un mismo período de prestación.
La forma de acreditación será el certificado expedido por la correspondiente unidad
de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia del
contrato o contratos de trabajo y certificación de vida laboral expedida por la Tesorería
General de la Seguridad Social en los demás casos.
b) Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos: hasta un máximo
de 40 puntos:
1. Tener otra titulación oficial superior o de igual nivel a la exigida en la
convocatoria: máximo de 20 puntos.
cve: BOE-A-2025-1053
Verificable en https://www.boe.es
a) Méritos profesionales: se valorarán los servicios efectivos prestados en un
periodo máximo de 10 años, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, hasta un
máximo de 60 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación: