Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-1113)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de SSE Renewables Spain, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9376

principios que sustentan el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, del que es signataria.
Asimismo, reconoce la Carta Internacional de Derechos Humanos y los derechos
fundamentales recogidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo.
En consecuencia, ESS España cumplirá con las disposiciones legales obligatorias en
materia de subcontratación, respetando las facultades de la representación legal de las
personas trabajadoras en esta materia, y negociando con las partes subcontratadas
cláusulas laborales y de seguridad social adecuadas para asegurar el cumplimiento de la
normativa aplicable.
Artículo 47.

Desconexión digital.

Los cambios tecnológicos producidos en las últimas décadas han provocado
modificaciones estructurales en el ámbito de las relaciones laborales. Es innegable que
hoy en día el fenómeno de la «interconectividad digital» está incidiendo en las formas de
ejecución del trabajo mudando los escenarios de desenvolvimiento de las ocupaciones
laborales hacia entornos externos a las clásicas unidades productivas: empresas,
centros y puestos de trabajo.
En este contexto, el lugar de la prestación laboral y el tiempo de trabajo, como típicos
elementos configuradores del marco en el que se desempeña la actividad laboral, están
diluyéndose en favor de una realidad más compleja en la que impera la conectividad
permanente afectando, sin duda, al ámbito personal y familiar de las personas
trabajadoras.
Es por ello por lo que las partes firmantes de este convenio coinciden en la
necesidad de impulsar el derecho a la desconexión digital una vez finalizada la jornada
laboral sin que esta pueda suponer represalia alguna por parte de la empresa.
Para trabajar sobre esta necesidad, las partes se comprometen a desarrollar este
tema, a lo largo de la vigencia del convenio colectivo, en una guía de buenas prácticas
que recoja, no sólo las obligaciones y derechos de trabajadores y empresa, sino
también, una serie de reglas de buena conducta y propuestas pedagógicas para dar a
conocer la relevancia de este tema y la afección que puede tener sobre la salud y
bienestar de las personas trabajadoras.
En representación de los sindicatos:
1.
2.
3.

, CCOO (Comisiones Obreras);
, UGT (Unión General de Trabajadores);
, UGT (Unión General de Trabajadores).

En representación de SSE:

cve: BOE-A-2025-1113
Verificable en https://www.boe.es

4.
5.
6.