Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Puertos. (BOE-A-2025-1108)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica la Ordenanza Portuaria para la gestión, uso y explotación de la dársena de embarcaciones menores del puerto de Las Palmas (Marina de Las Palmas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9218
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
1108
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las
Palmas, por la que se publica la Ordenanza Portuaria para la gestión, uso y
explotación de la dársena de embarcaciones menores del puerto de Las
Palmas (Marina de Las Palmas).
Aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas
en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2024, la Ordenanza Portuaria para la gestión,
uso y explotación de la Dársena de Embarcaciones Menores del Puerto de Las Palmas
(Marina de Las Palmas) procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 295.4
del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la publicación, en el «Boletín
Oficial del Estado», de la citada ordenanza, que figura como anexo a la presente
resolución.
Las Palmas, 19 de diciembre de 2024.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de
Las Palmas, Beatriz Calzada Ojeda.
ANEXO
Ordenanza portuaria para la gestión, uso y explotación de la dársena
de embarcaciones menores del Puerto de Las Palmas
Índice.
Preámbulo.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Usos permitidos en la DEM.
Capítulo II.
Uso de los puestos de amarre.
Artículo 4. Destino de los puestos de amarre.
Artículo 5. Conservación y seguridad de las embarcaciones.
Artículo 6. Autorización de uso del puesto de amarre.
6.1
6.2
Procedimiento de otorgamiento.
Plazo, extinción y renovación de la Autorización.
Capítulo III.
Utilización de servicios.
Artículo 10.
Artículo 11.
Artículo 12.
Artículo 13.
Artículo 14.
Rampa de varada.
Suministro de combustible.
Servicio de suministro de energía eléctrica y agua.
Gestión de residuos.
Uso de la zona de reparación.
cve: BOE-A-2025-1108
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 7. Condiciones de uso del puesto de amarre.
Artículo 8. Atraque en pantalán de recepción.
Artículo 9. Acceso a los pantalanes y a los baños.
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9218
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
1108
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las
Palmas, por la que se publica la Ordenanza Portuaria para la gestión, uso y
explotación de la dársena de embarcaciones menores del puerto de Las
Palmas (Marina de Las Palmas).
Aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas
en sesión celebrada el 19 de diciembre de 2024, la Ordenanza Portuaria para la gestión,
uso y explotación de la Dársena de Embarcaciones Menores del Puerto de Las Palmas
(Marina de Las Palmas) procede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 295.4
del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, la publicación, en el «Boletín
Oficial del Estado», de la citada ordenanza, que figura como anexo a la presente
resolución.
Las Palmas, 19 de diciembre de 2024.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de
Las Palmas, Beatriz Calzada Ojeda.
ANEXO
Ordenanza portuaria para la gestión, uso y explotación de la dársena
de embarcaciones menores del Puerto de Las Palmas
Índice.
Preámbulo.
Capítulo I.
Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Usos permitidos en la DEM.
Capítulo II.
Uso de los puestos de amarre.
Artículo 4. Destino de los puestos de amarre.
Artículo 5. Conservación y seguridad de las embarcaciones.
Artículo 6. Autorización de uso del puesto de amarre.
6.1
6.2
Procedimiento de otorgamiento.
Plazo, extinción y renovación de la Autorización.
Capítulo III.
Utilización de servicios.
Artículo 10.
Artículo 11.
Artículo 12.
Artículo 13.
Artículo 14.
Rampa de varada.
Suministro de combustible.
Servicio de suministro de energía eléctrica y agua.
Gestión de residuos.
Uso de la zona de reparación.
cve: BOE-A-2025-1108
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 7. Condiciones de uso del puesto de amarre.
Artículo 8. Atraque en pantalán de recepción.
Artículo 9. Acceso a los pantalanes y a los baños.