Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado. (BOE-A-2025-1052)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9046
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de meteorología,
climatología y tecnologías y sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en
los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
Dada la relevancia y transversalidad de la formación en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, se otorgará, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en
esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelo incluido como anexo III
de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición para el sistema de promoción interna
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y
en la fase de oposición.
Superarán el concurso-oposición aquellas personas aspirantes que hubieren
superado todos los ejercicios y cuenten con las mejores calificaciones finales, hasta
completar el número total de plazas convocadas.
Terminada el concurso-oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de
personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, en orden decreciente
según la puntuación global obtenida por cada persona aspirante, sin que, en ningún
caso, pueda figurar en dicha relación un número de personas candidatas superior al total
de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1. Mayor antigüedad por servicios prestados y reconocidos.
2. Mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio.
Curso selectivo.
Consistirá en un periodo obligatorio de formación de carácter teórico y práctico,
organizado por la Agencia Estatal de Meteorología y cuya duración máxima será de siete
meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y
mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Presidencia de AEMET.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas
selectivas será autorizado por la Subsecretaría del Departamento u órgano análogo
donde presten sus servicios para asistir al curso selectivo.
La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima
para superar este curso será de 20 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento
como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante,
a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A
estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del
desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes
convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino
cve: BOE-A-2025-1052
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9046
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de meteorología,
climatología y tecnologías y sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en
los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
Dada la relevancia y transversalidad de la formación en materia de igualdad entre
mujeres y hombres, se otorgará, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en
esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.
La certificación de méritos deberá realizarse según modelo incluido como anexo III
de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición para el sistema de promoción interna
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y
en la fase de oposición.
Superarán el concurso-oposición aquellas personas aspirantes que hubieren
superado todos los ejercicios y cuenten con las mejores calificaciones finales, hasta
completar el número total de plazas convocadas.
Terminada el concurso-oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de
personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, en orden decreciente
según la puntuación global obtenida por cada persona aspirante, sin que, en ningún
caso, pueda figurar en dicha relación un número de personas candidatas superior al total
de plazas que hubieran sido convocadas.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
1. Mayor antigüedad por servicios prestados y reconocidos.
2. Mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en la primera parte del primer ejercicio.
Curso selectivo.
Consistirá en un periodo obligatorio de formación de carácter teórico y práctico,
organizado por la Agencia Estatal de Meteorología y cuya duración máxima será de siete
meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y
mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Presidencia de AEMET.
El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas
selectivas será autorizado por la Subsecretaría del Departamento u órgano análogo
donde presten sus servicios para asistir al curso selectivo.
La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima
para superar este curso será de 20 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento
como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante,
a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con
posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A
estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del
desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes
convocatorias.
Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la
situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino
cve: BOE-A-2025-1052
Verificable en https://www.boe.es
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