Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-1096)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Universidad Pompeu Fabra, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9160
En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja
o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente núm. ES18 0081 0603 0400 0137
0247, «Universidad Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá que
indicar como nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.6 En ningún caso el pago de la tasa sustituirá el trámite de presentación de la
solicitud ante la Universidad dentro del plazo y en la forma correspondiente, de acuerdo
con lo que establece esta base.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la
resolución de aprobación de la lista provisional de personas de admitidas y excluidas con
indicación de los motivos de exclusión. Esta resolución se publicará en la web de la
Universidad: http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
4.2 A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de aprobación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles para presentar alegaciones con el fin de enmendar los defectos de la
solicitud, a excepción del pago de la tasa, que no se puede enmendar. Esta presentación
de enmiendas deberá realizarse mediante el trámite específico telemático que se
publicará en la web de la convocatoria, por el que se deberán utilizar los procedimientos
de identificación y firma electrónica.
Los escritos de alegaciones que se presenten respecto de la resolución de
aprobación de la lista provisional se resolverán mediante la resolución de aprobación de
la publicación de la lista definitiva.
4.3 En el caso de que los aspirantes excluidos no enmienden, dentro del plazo
señalado, los defectos que, en cada caso, han motivado su exclusión, serán
considerados desistidos de la petición y, por lo tanto, su exclusión se convertirá en
definitiva.
4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la
publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa y se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado
de lo contencioso administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación. No obstante, las personas interesadas podrán
interponer recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación.
cve: BOE-A-2025-1096
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 9160
En caso de que la presentación de la solicitud sea de forma presencial, el pago debe
efectuarse en cualquiera de las oficinas del Banco de Sabadell, mediante ingreso en caja
o por transferencia electrónica, en la cuenta corriente núm. ES18 0081 0603 0400 0137
0247, «Universidad Pompeu Fabra. Cuenta restringida de ingresos: PDI». Habrá que
indicar como nombre del remitente el del mismo aspirante. El resguardo del pago debe
adjuntarse como documentación de la solicitud.
Para los casos de exenciones o bonificaciones de pago, será necesario adjuntar la
acreditación del motivo, tanto si se realiza la presentación de la solicitud por medio
electrónico como si se efectúa de forma presencial. La no presentación de esta
acreditación determinará la exclusión en este concurso.
La falta del pago de la tasa o el pago incompleto en el plazo de presentación de
solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por lo tanto, no se podrá formalizar
el pago en el plazo de enmiendas. Para acreditar el pago se debe adjuntar el
comprobante a la solicitud.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, excepto por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.6 En ningún caso el pago de la tasa sustituirá el trámite de presentación de la
solicitud ante la Universidad dentro del plazo y en la forma correspondiente, de acuerdo
con lo que establece esta base.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la
resolución de aprobación de la lista provisional de personas de admitidas y excluidas con
indicación de los motivos de exclusión. Esta resolución se publicará en la web de la
Universidad: http://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pdi.
4.2 A partir del día siguiente de la publicación de la resolución de aprobación de las
listas provisionales de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán de un plazo
de 10 días hábiles para presentar alegaciones con el fin de enmendar los defectos de la
solicitud, a excepción del pago de la tasa, que no se puede enmendar. Esta presentación
de enmiendas deberá realizarse mediante el trámite específico telemático que se
publicará en la web de la convocatoria, por el que se deberán utilizar los procedimientos
de identificación y firma electrónica.
Los escritos de alegaciones que se presenten respecto de la resolución de
aprobación de la lista provisional se resolverán mediante la resolución de aprobación de
la publicación de la lista definitiva.
4.3 En el caso de que los aspirantes excluidos no enmienden, dentro del plazo
señalado, los defectos que, en cada caso, han motivado su exclusión, serán
considerados desistidos de la petición y, por lo tanto, su exclusión se convertirá en
definitiva.
4.4 De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con la
publicación de las resoluciones indicadas en la web de la Universidad se considerará
realizada la oportuna notificación a los interesados y se iniciará el cómputo de los plazos
a efectos de posibles reclamaciones o recursos.
4.5 Las resoluciones de aprobación de las listas definitivas agotan la vía
administrativa y se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado
de lo contencioso administrativo de Barcelona, en el plazo de dos meses contados a
partir del día siguiente de la publicación. No obstante, las personas interesadas podrán
interponer recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de su publicación.
cve: BOE-A-2025-1096
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Núm. 19