Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-1123)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor de la Casa Sindical, situada en el municipio de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Miércoles 22 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 9493

actos, manteniendo algunas butacas en la zona de palco que, según el informe de José
Coca, pueden ser originales.
Asimismo, existe una sala de juntas en la segunda planta que también se cree que
mantiene algunos elementos originales.
Criterios de intervención
Los criterios de intervención en el Bien serán los establecidos en el artículo 39 de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, para los bienes
inmuebles. Las actuaciones irán encaminadas a su conservación, consolidación y
rehabilitación y evitarán los intentos de reconstrucción, salvo cuando se utilicen partes
originales de los mismos y pueda probarse su autenticidad. Si se añadiesen materiales o
partes indispensables para su estabilidad o mantenimiento, las adiciones deberán ser
reconocibles y evitar las confusiones miméticas. Así mismo, las restauraciones de los
bienes respetarán las aportaciones de todas las épocas existentes. La eliminación de
alguna de ellas sólo se autorizará con carácter excepcional y siempre que los elementos
que traten de suprimirse supongan una evidente degradación del bien y su eliminación
fuere necesaria para permitir una mejor interpretación histórica del mismo. Las partes
suprimidas quedarán debidamente documentadas.
Delimitación del bien y del entorno de protección

https://www.boe.es

Coordenada X

Coordenada Y

-411219,69

4926261,11

-411238,65

4926256,93

-411238,05

4926255,14

-411280,15

4926245,29

-411280,75

4926247,38

-411352,11

4926231,55

-411340,77

4926178,85

-411285,08

4926195,43

-411264,63

4926128,10

-411262,24

4926128,99

-411235,82

4926122,12

-411235,67

4926120,93

-411189,68

4926109,14

-411174,31

4926114,06

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

cve: BOE-A-2025-1123
Verificable en https://www.boe.es

Los elementos que, bajo la figura de bien de interés cultural se considera necesario
proteger, están constituidos por el conjunto de la Casa Sindical y su ampliación,
correspondiendo a dos parcelas catastrales distintas: 1140504VK4714A0001KI
y 1140502VK4714A0001MI, respectivamente.
El entorno de protección se define como el medio físico que rodea el monumento y
contribuye a resaltar su significación, su adecuada percepción y comprensión cultural, en
este caso la delimitación de dicho entorno, coincide con la del bien de interés cultural
cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas:

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X