Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-1117)
Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Repotenciación y renovación de la línea de transporte de energía eléctrica a 220 KV, simple circuito, Alcocero de Mola-Puentelarrá (Burgos y Álava)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9404
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve de acuerdo con los antecedentes
de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de
impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de
evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Repotenciación y renovación de la línea de
transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Alcocero de Mola-Puentelarrá
(Burgos y Álava)» ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio
ambiente, siempre que se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el
documento ambiental y en la presente resolución.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 10 de enero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
cve: BOE-A-2025-1117
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9404
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
En virtud de lo expuesto, y a la vista de la propuesta de la Subdirección General de
Evaluación Ambiental, esta Dirección General resuelve de acuerdo con los antecedentes
de hecho y fundamentos de derecho alegados y como resultado de la evaluación de
impacto ambiental practicada, que no es necesario el sometimiento al procedimiento de
evaluación ambiental ordinaria del proyecto «Repotenciación y renovación de la línea de
transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Alcocero de Mola-Puentelarrá
(Burgos y Álava)» ya que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio
ambiente, siempre que se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el
documento ambiental y en la presente resolución.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico (www.miteco.es).
De conformidad con el apartado 5, del artículo 47 de la Ley de evaluación ambiental,
el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto de autorización del proyecto.
Madrid, 10 de enero de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
cve: BOE-A-2025-1117
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19