Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-1115)
Orden TMD/29/2025, de 15 de enero, de delegación de competencias en el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9381
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Orden TMD/29/2025, de 15 de enero, de delegación de competencias en el
Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños
provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el
4 de noviembre de 2024 en el ámbito del programa 929D «Contingencias
asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
De conformidad con la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 6/2024, de 5
de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños
causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre
el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y la disposición adicional primera del Real
Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el
impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños
causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre
el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, deben imputarse al programa
presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos
(DANA) de 2024» los expedientes de gastos que se tramiten en ese ámbito.
La existencia de este nuevo programa presupuestario conllevó la necesidad de
ajustar la forma de ejercicio de las competencias de determinados órganos superiores y
directivos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
De este modo, mediante la Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, de
delegación de competencias en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas
a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», se establecieron las
delegaciones de competencias realizadas por la persona titular del Departamento en
diferentes órganos de este y se aprobaron las delegaciones de competencias efectuadas
por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en otros órganos
del Departamento, para el ámbito del programa presupuestario 929D «Contingencias
asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
Asimismo, de acuerdo con el Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre, por el que se
crea el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados
por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se
creó el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados
por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
De conformidad con el artículo 2 del Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre, el
Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por
la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (el
Comisionado especial) depende orgánica y funcionalmente de la persona titular del
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Con el objetivo de lograr una mayor eficacia y efectividad en el desarrollo de las
funciones encomendadas a este Departamento en relación con la mencionada
emergencia, se considera necesaria una nueva delegación de competencias por parte de
la persona titular del Ministerio en el Comisionado especial.
Tanto la Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, como esta orden, resultan
complementarias a la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Finalmente, cabe indicar que esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
cve: BOE-A-2025-1115
Verificable en https://www.boe.es
1115
Núm. 19
Miércoles 22 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 9381
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
Orden TMD/29/2025, de 15 de enero, de delegación de competencias en el
Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños
provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el
4 de noviembre de 2024 en el ámbito del programa 929D «Contingencias
asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
De conformidad con la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 6/2024, de 5
de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños
causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre
el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 y la disposición adicional primera del Real
Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el
impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños
causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre
el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, deben imputarse al programa
presupuestario 929D «Contingencias asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos
(DANA) de 2024» los expedientes de gastos que se tramiten en ese ámbito.
La existencia de este nuevo programa presupuestario conllevó la necesidad de
ajustar la forma de ejercicio de las competencias de determinados órganos superiores y
directivos del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
De este modo, mediante la Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, de
delegación de competencias en el ámbito del programa 929D «Contingencias asociadas
a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024», se establecieron las
delegaciones de competencias realizadas por la persona titular del Departamento en
diferentes órganos de este y se aprobaron las delegaciones de competencias efectuadas
por la persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial en otros órganos
del Departamento, para el ámbito del programa presupuestario 929D «Contingencias
asociadas a la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de 2024».
Asimismo, de acuerdo con el Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre, por el que se
crea el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados
por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, se
creó el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados
por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
De conformidad con el artículo 2 del Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre, el
Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por
la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (el
Comisionado especial) depende orgánica y funcionalmente de la persona titular del
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
Con el objetivo de lograr una mayor eficacia y efectividad en el desarrollo de las
funciones encomendadas a este Departamento en relación con la mencionada
emergencia, se considera necesaria una nueva delegación de competencias por parte de
la persona titular del Ministerio en el Comisionado especial.
Tanto la Orden TMD/1361/2024, de 29 de noviembre, como esta orden, resultan
complementarias a la Orden TMD/605/2024, de 12 de junio, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
Finalmente, cabe indicar que esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
cve: BOE-A-2025-1115
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