Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-972)
Resolución 420/38008/2025, de 2 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, para regular las modalidades de actuación entre ambas administraciones en materia sanitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Martes 21 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 8606

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Establecer las bases de cooperación entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y el
Servicio Andaluz de Salud (SAS), acordando las modalidades de actuación entre ambas
administraciones en materia sanitaria.
Segunda.

Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El MINISDEF oferta la utilización conjunta de la cámara hiperbárica de su propiedad,
situada en el Hospital San Carlos de San Fernando (Cádiz), en el edificio del SAS
señalado en el plano anexo con el número 2, con arreglo a las siguientes estipulaciones:
a) La función principal del servicio de la Cámara Hiperbárica es el apoyo a las
unidades de las Fuerzas Armadas y de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado,
con especial atención a los accidentes de buceo y la actividad pericial.
b) En la medida en que su función principal lo permita, atenderá los requerimientos de
actividad asistencial que formule el SAS, que para ello establecerá la cartera de servicios
que presta a la población atendida por el Servicios Sanitarios Públicos de Andalucía.
c) El Personal militar y civil destinado en la Jefatura de Apoyo Sanitario de la Bahía
de Cádiz (JASANDIZ), y que ejerce sus funciones en el servicio de la Cámara
Hiperbárica, dependerá a todos los efectos de su jefe. La JASANDIZ estará situada en el
edificio señalado en el plano anexo con el número 3, donde asimismo se ubicará la
Unidad de Reconocimiento Pericial.
d) La organización y funcionamiento del servicio de la Cámara Hiperbárica corresponde
al Jefe de la JASANDIZ, que se coordinará con la gerencia del centro hospitalario donde su
ubica, a efectos de conseguir la mayor eficiencia de la instalación, equipamiento y recursos
humanos que se precisen. En este sentido, previo acuerdo en la Comisión de Seguimiento
del presente convenio, ambas partes podrán establecer acuerdos específicos que pueden
incorporar a terceros, para ampliar el ámbito subjetivo de las actuaciones asistenciales que se
pueden desarrollar mediante la citada Cámara Hiperbárica.
e) Asumirá los gastos de mantenimiento y equipamiento propios de la Cámara
Hiperbárica a fin de mantener su actividad, tanto en el ámbito de la JASANDIZ como en
el de colaboración con el SAS.
f) Siguiendo las directrices del grupo de trabajo creado exprofeso actualizará y
ampliará la cartera de servicios para adecuarla a las indicaciones actuales de
oxigenoterapia hiperbárica con las que trabaja el SAS.
Tercera.

Aportaciones del Servicio Andaluz de Salud.

a) Prestación de apoyo sanitario a la labor pericial, tanto a la JASANDIZ,
dependiente de la Armada, como a la Unidad de Reconocimiento Pericial, dependiente
de la Inspección General de Sanidad de la Defensa (IGESANDEF). Esta prestación
puede tener diferentes modalidades:
– Procedimientos de apoyo de pruebas de laboratorio que se soliciten con carácter
vicariante.
– Otros procedimientos diagnósticos, que incluirán la elaboración de un informe
médico.
– Procedimientos de interconsulta con especialistas hospitalarios.

cve: BOE-A-2025-972
Verificable en https://www.boe.es

El SAS ofrece al MINISDEF la cooperación en materia sanitaria, compartiendo los
recursos disponibles de los servicios de sus órganos.