Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-955)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Medio, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8464

selección del personal en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado,
que serán los siguientes:
3.1

Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los
ascendientes directos y los de su cónyuge que vivan a su cargo, sus descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se
encuentren con residencia legal en España.
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a), así como los extranjeros residentes en España incluidos en
el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. Los demás
candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones
que se alegan.

4.

Solicitudes

4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al
que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente
URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para la tramitación
de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan.
4.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
Las solicitudes de participación se presentarán únicamente por vía electrónica, en el
plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta

cve: BOE-A-2025-955
Verificable en https://www.boe.es

3.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores.
3.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3.4 Titulación: Estar en posesión del título clasificado en el Nivel 2 del Marco
Español de Cualificaciones para la Educación Superior o equivalentes.
Quienes hayan obtenido dicha titulación en el extranjero deberán acreditar, en el
plazo previsto en el apartado 8.1 para la entrega de la documentación, estar en posesión
del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su
caso, su homologación.
3.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.