Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-955)
Resolución de 24 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la contratación de personal laboral fijo, para personas con discapacidad, Titulado/a Medio, fuera del convenio único de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8471

La calificación de los/las aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes
apartados del baremo de esta primera fase del concurso se hará mediante deliberación
conjunta de los miembros del Tribunal, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada
aspirante una puntuación desde cero hasta la máxima señalada en cada apartado.
Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del Tribunal
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y la
más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 30 puntos, como mínimo, para pasar a la
segunda fase.
El Tribunal o el Órgano Gestor publicará en los lugares establecidos en la base 5.1,
en la sede del Tribunal y en los lugares que se considere oportuno, la relación provisional
de las personas aspirantes que han sido valoradas con indicación de las puntuaciones
parciales obtenidas y la puntuación total.
Las personas aspirantes tendrán un plazo de 5 días hábiles desde el primer día hábil
posterior la a fecha de publicación para presentar las alegaciones que estimen
oportunas. Concluido ese plazo la relación definitiva de puntuaciones obtenidas por cada
persona aspirante en esta primera fase será publicada en los mismos lugares que la
relación provisional.
5. Las personas aspirantes que han superado la primera fase realizarán la segunda
fase del concurso que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valoración de los
méritos académicos con una puntuación máxima de 40 puntos según el siguiente baremo:
a) Expediente académico de la titulación académica exigida (Máximo 20 puntos).
Forma de puntuación: Relación entre la nota media del expediente académico y
puntuación a valorar, de acuerdo con la siguiente distribución: 10 puntos para una nota media
en el expediente de 5; 12 puntos para una nota media igual a 6; 14 puntos para una nota
media igual a 7; 16 puntos para una nota medial igual a 8; 18 puntos para una nota media
igual a 9; y 20 puntos para una nota media igual a 10. Con redondeo al primer decimal.
b) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel igual o superior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder (Máximo 5 puntos) Hasta 2,5 por cada titulación de nivel igual o superior.
c) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel inferior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder (Máximo 3 puntos). Hasta 1,5 por cada titulación de nivel inferior.
d) Por los cursos de formación recibidos o impartidos, en el marco del Acuerdo de
Formación para el empleo o de los planes de formación continua del personal de la
Administraciones Públicas orientadas al desempeño de las tareas que guarden relación
con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea acceder. (Máximo 10 puntos).
Los cursos y seminarios deberán tener una duración mínima de 15 horas. La forma
de puntuación será: hasta 2 puntos por cada curso impartido y hasta 1 punto por cada
curso recibido.
e) Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a un cuerpo, escala
o categoría profesional del mismo nivel o superior del puesto al que se desea acceder
(Máximo 2 puntos). Hasta 1 punto por cada ejercicio superado.
Cada Tribunal o el Órgano Gestor publicará en los lugares establecidos en la
base 5.1, en la sede del Tribunal y en los lugares que se considere oportuno, la relación

cve: BOE-A-2025-955
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Núm. 18