Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2025-951)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado la fase de oposición y las fases de oposición y concurso de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda, convocados por Resolución de 2 de enero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8410

Sexto.
El curso selectivo, salvo que las circunstancias lo impidan, se desarrollará de forma
presencial, sin perjuicio de la utilización de herramientas tecnológicas y sistemas de
formación online complementarios.
La celebración del mismo se llevará a cabo en las sedes de Madrid y Barcelona. Las
personas aspirantes elegirán sede y turno (mañana o tarde) según el orden de
puntuación en la fase de oposición o concurso-oposición, comenzando por todas las
personas aspirantes de promoción interna. El criterio de adjudicación será, en primer
lugar, la sede elegida por la persona aspirante y, subsidiariamente, el turno.
Las personas aspirantes por promoción interna cuyo domicilio del centro de trabajo
esté situado en la comunidad autónoma de Madrid o en la provincia de Barcelona,
deberán realizar el curso en la sede de Madrid y en la sede de Barcelona
respectivamente, sin perjuicio de que puedan elegir turno.
Las personas aspirantes que accedan a una de las plazas reservadas a personas
con discapacidad, se incorporarán en el turno por el que accedan (libre o de promoción
interna) según su puntuación.
Las instrucciones para la elección de sede se publicarán en la página web
del Instituto de Estudios Fiscales (https://www.ief.es/Destacados/procselectivos/
NuevoIngresoTecnicos.vbhtml).
Séptimo.
La petición de destinos deberá efectuarse una vez finalizado el curso selectivo
utilizando exclusivamente medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la
base 2.9 de la convocatoria, previa publicación de la oferta de los mismos en la Sede
Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Octavo.
Finalizado el proceso selectivo y a propuesta de la Presidencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, quienes lo hayan superado, cuyo número no podrá exceder
en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados personal funcionario de
carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer potestativamente recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
Centrales de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contado asimismo
desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 16 de enero de 2025.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del Departamento de
Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García.

cve: BOE-A-2025-951
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Noveno.