Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2025-951)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la relación de aspirantes que han aprobado la fase de oposición y las fases de oposición y concurso de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda, convocados por Resolución de 2 de enero de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Martes 21 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 8409

correspondientes, adjuntando informe expedido por el órgano competente en esta
materia que acredite la necesidad de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño
de funciones que tenga atribuidas el puesto o puestos solicitados.
Así mismo, las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por
promoción interna (anexo I.2), deberán presentar, los siguientes documentos:
D) Quienes estén destinados en la Agencia Tributaria o tengan puesto reservado
en la misma, presentarán solicitud o renuncia de destino en la provincia donde se ubica
su puesto de trabajo actual en el modelo que figura como anexo IV. En caso de cambio
de destino en fecha posterior a la presentación del citado anexo y anterior a la de
publicación de la oferta de destinos, deberán confirmar o modificar su petición inicial.
Las personas aspirantes no citadas en los párrafos anteriores de este apartado
segundo, no tendrán que aportar documentación, sin perjuicio de la requerida para
quienes hayan participado por promoción interna, para quienes invoquen su condición de
personal laboral o funcionario o para quienes hayan accedido por el cupo de reserva
para personas con discapacidad y soliciten la alteración de orden de prelación para la
elección de plazas, al haber sido comprobada por la Administración, de acuerdo con la
información que consta en el Servicio de Verificación y Consulta de Datos y en el
Registro Central de Personal.
Tercero.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, en relación con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas
aspirantes que se encuentren en todos o alguno de los supuestos indicados en el
apartado segundo de esta resolución, deberán presentar en el plazo de veinte días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el
«Boletín Oficial del Estado», en los registros de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, a través de la página web: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/
procedimientoini/B201.shtml (aportar documentación complementaria), o de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, la
documentación que se indica en el citado apartado segundo.
Cuarto.
Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor debidamente
acreditados, no presentaran la documentación o de su examen se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados
personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud inicial.

El nombramiento como personal funcionario en prácticas se acordará por resolución
de la autoridad convocante, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir
efecto dicho nombramiento. El curso selectivo se realizará en las correspondientes
sedes del Instituto de Estudios Fiscales.
El personal funcionario en prácticas deberá superar el curso selectivo en los términos
establecidos en los anexos I y II de la resolución de convocatoria. Quienes no superen el
curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados personal funcionario de carrera
mediante resolución motivada de la autoridad convocante.

cve: BOE-A-2025-951
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Quinto.