Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-925)
Resolución de 7 de enero de 2025, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón y la Fundación para la Investigación de Málaga en Biomedicina y Salud, para la gestión coordinada de la Infraestructura Científica y Técnica Singular distribuida Infraestructura Integrada de Producción y Caracterización de Nanomateriales, Biomateriales y Sistemas en Biomedicina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8241
2. El incumplimiento por parte de las instituciones consorciadas de CIBER
responsables de las unidades, de las obligaciones que conlleva su pertenencia a
NANBIOSIS y que viene determinada en los convenios individuales que tienen suscrito
con CIBER, podrá suponer la separación de dicha unidad de la ICTS. En estos casos
será el Comité de Coordinación quien determine la separación.
3. La separación del CIBER-BBN de un grupo de investigación que coordine una de
las unidades de NANBIOSIS podrá suponer la separación de la unidad de NANBIOSIS,
salvo que exista otro grupo del CIBER-BBN, dependiente de la misma institución
consorciada, capaz de asumir la coordinación de dicha unidad o que dependa de otra
institución consorciada del CIBER-BBN y se dé el acuerdo necesario entre dichas
instituciones consorciadas que alberguen ambos grupos. En estos casos será el Comité
de Coordinación quien estudie cada caso y determine dicha separación. Separada la
unidad por esta causa, siempre quedará abierta la posibilidad de solicitar su
reincorporación a NANBIOSIS como nodo externo, por la vía 2 prevista en la cláusula
anterior.
La separación de un nodo/unidad de NANBIOSIS será comunicada por el
Coordinador a la Secretaría de la CECPCTI y a la Subdirección General de Planificación
de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas del Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades, que podrán realizar las observaciones que consideren oportunas.
Cuando la separación sea de una unidad, perteneciente a uno de los nodos que siga
siendo titular de otras unidades (actualmente los nodos que tienen varias unidades son
el CIBER y el CCMIJU), se modificará la web de NANBIOSIS para que dicha unidad ya
no conste como integrante de NANBIOSIS. Cuando la separación sea de una unidad,
perteneciente a un nodo que solo sea titular de esa unidad (actualmente IBIMA
Plataforma BIONAND), ello supondrá también la separación del nodo.
La separación de uno de los tres nodos que integran NANBIOSIS (CIBER, CCMIJU o
IBIMA Plataforma BIONAND) será comunicada al Comité de Coordinación con una
antelación mínima de seis meses y se formalizará mediante firma de adenda de
modificación del presente convenio.
Octava. Mecanismo de acceso abierto competitivo coordinado.
NANBIOSIS ofrece a los usuarios de toda la comunidad científica y tecnológica
nacional e internacional un mecanismo de acceso abierto competitivo al uso de la
capacidad cedida por los nodos, de forma coordinada y centralizada. Las solicitudes de
acceso podrán provenir tanto del sector público como del sector privado.
Dicho mecanismo consta de:
a) Un «Protocolo de Acceso» publicado en la página web de NANBIOSIS que
describe los pasos a seguir para que los usuarios soliciten el acceso competitivo a la
misma, y el proceso de evaluación y concesión.
b) Un «Comité de Acceso» independiente que analiza la calidad científicotecnológica y la singularidad de las solicitudes de acceso a la infraestructura, y realice
una propuesta de priorización y distribución para su ejecución entre los diferentes nodos
y unidades, de acuerdo a un procedimiento de evaluación público y transparente.
El Comité de Coordinación aprobará las propuestas pudiendo realizar modificaciones
en las mismas en función de la disponibilidad de las unidades y posibilidad de acceso.
El acuerdo de priorización de solicitudes dictado por el Comité de Coordinación será
publicado en la página web de NANBIOSIS para conocimiento de los solicitantes y de las
unidades implicadas, que se pondrán en contacto para acordar los detalles de los
accesos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo de priorización, la disponibilidad
de las unidades y la viabilidad técnica de las propuestas.
cve: BOE-A-2025-925
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17
Lunes 20 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 8241
2. El incumplimiento por parte de las instituciones consorciadas de CIBER
responsables de las unidades, de las obligaciones que conlleva su pertenencia a
NANBIOSIS y que viene determinada en los convenios individuales que tienen suscrito
con CIBER, podrá suponer la separación de dicha unidad de la ICTS. En estos casos
será el Comité de Coordinación quien determine la separación.
3. La separación del CIBER-BBN de un grupo de investigación que coordine una de
las unidades de NANBIOSIS podrá suponer la separación de la unidad de NANBIOSIS,
salvo que exista otro grupo del CIBER-BBN, dependiente de la misma institución
consorciada, capaz de asumir la coordinación de dicha unidad o que dependa de otra
institución consorciada del CIBER-BBN y se dé el acuerdo necesario entre dichas
instituciones consorciadas que alberguen ambos grupos. En estos casos será el Comité
de Coordinación quien estudie cada caso y determine dicha separación. Separada la
unidad por esta causa, siempre quedará abierta la posibilidad de solicitar su
reincorporación a NANBIOSIS como nodo externo, por la vía 2 prevista en la cláusula
anterior.
La separación de un nodo/unidad de NANBIOSIS será comunicada por el
Coordinador a la Secretaría de la CECPCTI y a la Subdirección General de Planificación
de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas del Ministerio de Ciencia, Innovación y
Universidades, que podrán realizar las observaciones que consideren oportunas.
Cuando la separación sea de una unidad, perteneciente a uno de los nodos que siga
siendo titular de otras unidades (actualmente los nodos que tienen varias unidades son
el CIBER y el CCMIJU), se modificará la web de NANBIOSIS para que dicha unidad ya
no conste como integrante de NANBIOSIS. Cuando la separación sea de una unidad,
perteneciente a un nodo que solo sea titular de esa unidad (actualmente IBIMA
Plataforma BIONAND), ello supondrá también la separación del nodo.
La separación de uno de los tres nodos que integran NANBIOSIS (CIBER, CCMIJU o
IBIMA Plataforma BIONAND) será comunicada al Comité de Coordinación con una
antelación mínima de seis meses y se formalizará mediante firma de adenda de
modificación del presente convenio.
Octava. Mecanismo de acceso abierto competitivo coordinado.
NANBIOSIS ofrece a los usuarios de toda la comunidad científica y tecnológica
nacional e internacional un mecanismo de acceso abierto competitivo al uso de la
capacidad cedida por los nodos, de forma coordinada y centralizada. Las solicitudes de
acceso podrán provenir tanto del sector público como del sector privado.
Dicho mecanismo consta de:
a) Un «Protocolo de Acceso» publicado en la página web de NANBIOSIS que
describe los pasos a seguir para que los usuarios soliciten el acceso competitivo a la
misma, y el proceso de evaluación y concesión.
b) Un «Comité de Acceso» independiente que analiza la calidad científicotecnológica y la singularidad de las solicitudes de acceso a la infraestructura, y realice
una propuesta de priorización y distribución para su ejecución entre los diferentes nodos
y unidades, de acuerdo a un procedimiento de evaluación público y transparente.
El Comité de Coordinación aprobará las propuestas pudiendo realizar modificaciones
en las mismas en función de la disponibilidad de las unidades y posibilidad de acceso.
El acuerdo de priorización de solicitudes dictado por el Comité de Coordinación será
publicado en la página web de NANBIOSIS para conocimiento de los solicitantes y de las
unidades implicadas, que se pondrán en contacto para acordar los detalles de los
accesos, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Acuerdo de priorización, la disponibilidad
de las unidades y la viabilidad técnica de las propuestas.
cve: BOE-A-2025-925
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 17