Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-868)
Resolución de 9 de enero de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Fundación Foro de Marcas Renombradas Españolas, para el desarrollo, seguimiento y potenciación de proyectos de promoción de la Marca España y de internacionalización con marca de empresas españolas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16
Sábado 18 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 7562
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación contractual.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, acreditando suficientemente su identidad. Asimismo, en caso de considerar
vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el
delegado de protección de datos de la parte que corresponda:
– ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es
– FMRE: foro@brandsofspain.com
9.2
Realización del objeto del convenio.
En lo que se refiere al desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, las
Partes quedarán obligadas al cumplimiento de la normativa española vigente en materia
de protección de datos.
De acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y demás
normativa aplicable, las partes del convenio adquieren la condición de corresponsables de
los datos de los participantes en las actividades que se realicen en el marco de este
convenio, teniendo particularmente en cuenta que todos se comprometen a:
El incumplimiento de estas obligaciones hace responder a cada una de las Partes
involucradas y referidas de las infracciones que cometan.
Para mayor claridad y cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, en
los formularios a través de los que se recaben los datos de los participantes en el
Proyecto se informará a los participantes de que sus datos serán facilitados a las partes
del proyecto (cotitularidad de los mismos) como parte del mismo, así como también a
otras partes que pudieran participar en el proyecto. Si alguna de las Partes quisiera tratar
los datos para otras finalidades, las Partes se comprometen a informar o recabar el
consentimiento de los participantes cumpliendo la normativa de protección de datos
personales al efecto.
En este sentido, las Partes determinan conjuntamente los objetivos y medios de los
tratamientos de datos objeto del presente convenio, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 26 RGPD identificándose, por tanto, como Corresponsables del tratamiento.
Así, los Corresponsables acuerdan que la parte que recogerá los datos será FMRE a
través de los canales así habilitados dentro del proyecto (en adelante, también
denominado como el Corresponsable Principal).
En este sentido, el Corresponsable Principal garantiza que recogerá los datos en
cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección de datos
y, a título enunciativo, no limitativo, garantiza:
– La procedencia lícita de los datos personales objeto de corresponsabilidad y que
éstos han sido obtenidos respetando y cumpliendo con los principios y requisitos
cve: BOE-A-2025-868
Verificable en https://www.boe.es
– No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución
del convenio, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni
siquiera para su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir
ninguna información acerca de los datos. Todo ello sin perjuicio de las comunicaciones
de datos que figuren en las respectivas políticas de protección de datos de las partes del
convenio, y del resto de partes del Proyecto.
– Garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas, así como su
correcta implementación.
Núm. 16
Sábado 18 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 7562
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación contractual.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, acreditando suficientemente su identidad. Asimismo, en caso de considerar
vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el
delegado de protección de datos de la parte que corresponda:
– ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es
– FMRE: foro@brandsofspain.com
9.2
Realización del objeto del convenio.
En lo que se refiere al desarrollo de las actividades objeto del presente convenio, las
Partes quedarán obligadas al cumplimiento de la normativa española vigente en materia
de protección de datos.
De acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y demás
normativa aplicable, las partes del convenio adquieren la condición de corresponsables de
los datos de los participantes en las actividades que se realicen en el marco de este
convenio, teniendo particularmente en cuenta que todos se comprometen a:
El incumplimiento de estas obligaciones hace responder a cada una de las Partes
involucradas y referidas de las infracciones que cometan.
Para mayor claridad y cumplimiento de la normativa sobre protección de datos, en
los formularios a través de los que se recaben los datos de los participantes en el
Proyecto se informará a los participantes de que sus datos serán facilitados a las partes
del proyecto (cotitularidad de los mismos) como parte del mismo, así como también a
otras partes que pudieran participar en el proyecto. Si alguna de las Partes quisiera tratar
los datos para otras finalidades, las Partes se comprometen a informar o recabar el
consentimiento de los participantes cumpliendo la normativa de protección de datos
personales al efecto.
En este sentido, las Partes determinan conjuntamente los objetivos y medios de los
tratamientos de datos objeto del presente convenio, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 26 RGPD identificándose, por tanto, como Corresponsables del tratamiento.
Así, los Corresponsables acuerdan que la parte que recogerá los datos será FMRE a
través de los canales así habilitados dentro del proyecto (en adelante, también
denominado como el Corresponsable Principal).
En este sentido, el Corresponsable Principal garantiza que recogerá los datos en
cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente en materia de protección de datos
y, a título enunciativo, no limitativo, garantiza:
– La procedencia lícita de los datos personales objeto de corresponsabilidad y que
éstos han sido obtenidos respetando y cumpliendo con los principios y requisitos
cve: BOE-A-2025-868
Verificable en https://www.boe.es
– No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución
del convenio, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni
siquiera para su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir
ninguna información acerca de los datos. Todo ello sin perjuicio de las comunicaciones
de datos que figuren en las respectivas políticas de protección de datos de las partes del
convenio, y del resto de partes del Proyecto.
– Garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas, así como su
correcta implementación.