Comunitat ValencianaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2025-1187)
Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se otorgan a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, desde la futura subestación Saguntum 220 kV (REE) hasta la futura subestación de distribución Palancia 220/132/20 kV (I-DE) y se declara, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones [Expediente de referencia ATLINE/2024/84/46].
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 2033

incidencias negativas en el sistema, debiendo remitirse al pronunciamiento
favorable del informe, de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, en el que, entre otros aspectos, se evalúa las posibles
afecciones de la instalación a los planes de desarrollo de la red y a la gestión
técnica del sistema.
Consta en el expediente propuesta del Servicio de Infraestructuras y
Suministros Energéticos, la cual ha sido elevada por la Subdirección General de
Energía y Minas a este centro directivo para su resolución.
Fundamentos de derecho
La instrucción y resolución del presente procedimiento administrativo
corresponde a la Generalitat, al estar la instalación eléctrica objeto del mismo
radicada íntegramente en territorio de la Comunitat Valenciana, y no estar
encuadrada en las contempladas en el artículo 3.13 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, que son competencia de la Administración General
del Estado.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.a) del Decreto 88/2005, de 29 de
abril, regulador de los procedimientos de autorización de instalaciones de
producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de
la Generalitat, concordado con el artículo 16 del Decreto 226/2023, de 19 de
diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional
de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, desarrollado
mediante la Orden 3/2024, de 16 de abril, de la Conselleria de Innovación,
Industria, Comercio y Turismo, y de conformidad con el Título XI del Decreto 173/
2024, de 3 de diciembre, del Consell, por el que establece la estructura orgánica
básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, corresponde a la
Dirección General de Energía y Minas de este departamento la resolución del
presente procedimiento.
De acuerdo con el artículo 35.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico y con el artículo 4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
la instalación eléctrica objeto de la solicitud constituye parte de las redes de
transporte.
De acuerdo con el artículo 34.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, la instalación eléctrica objeto de solicitud constituye parte de la
red de transporte secundario de energía eléctrica.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, el artículo 121 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica y el artículo 8 del Decreto 88/2005, de 29 de abril, los solicitantes
de autorizaciones de instalaciones de distribución de energía eléctrica deben
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera exigible para la
realización de cada uno de los proyectos que presenten, todo ello sin perjuicio de
lo previsto en este último en relación con la exención de acreditación de estas
capacidades que potestativamente pueda otorgar la Administración para quienes
vengan ejerciendo la actividad.

cve: BOE-B-2025-1187
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Núm. 15