Comunitat ValencianaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Bienes de interés cultural. (BOE-B-2025-1187)
Resolución de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se otorgan a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, desde la futura subestación Saguntum 220 kV (REE) hasta la futura subestación de distribución Palancia 220/132/20 kV (I-DE) y se declara, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones [Expediente de referencia ATLINE/2024/84/46].
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 2037

General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico.
El titular de la presente autorización estará sujeto a las condiciones de orden
medioambiental establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental (Expediente
273/2024-AIA) emitida respecto al presente proyecto, de fecha 15 de octubre de
2024.
El titular de la presente autorización tendrá los derechos, deberes y
obligaciones recogidos en el Título VI de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico y su desarrollo reglamentario. En todo caso, Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima Unipersonal deberá observar los preceptos, medidas y
condiciones que se establezcan en la legislación aplicable en cada momento a la
actividad de transporte de energía eléctrica.
El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la presente
autorización o la variación sustancial de los presupuestos que han determinado su
otorgamiento podrán dar lugar a su revocación.
Segundo-. Otorgamiento de autorización administrativa de construcción.
Otorgar autorización administrativa de construcción de los elementos y/o partes
de la instalación del proyecto técnico de fecha 18 de abril de 2024, redactado por
persona técnica titulada competente visado por el colegio oficial correspondiente,
presentados para la construcción de la instalación correspondiente descrita en el
punto primero de esta resolución, habilitando a Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima Unipersonal a la construcción de la instalación interesada cumpliendo los
requisitos técnicos exigibles y de acuerdo a las siguientes condiciones:
1-. La instalación eléctrica deberá ejecutarse según el proyecto presentado y
con los condicionados técnicos establecidos por las administraciones, organismos
y empresas de servicio público o de interés general afectados por la presente
instalación y que han sido aceptados por el titular de la misma.
En caso de que fuera necesario introducir modificaciones en la instalación, el
titular de la presente resolución deberá solicitar previamente a su ejecución las
autorizaciones correspondientes. En caso de tratarse de modificaciones no
sustanciales según el artículo 13 del Decreto 88/2005, no se precisará autorización
administrativa previa ni autorización administrativa de construcción de la
modificación, debiendo únicamente obtener la autorización de explotación. Para la
solicitud de autorización de explotación se procederá conforme a lo dispuesto en el
artículo 12 del Decreto 88/2005, aportando, además, la documentación técnica
acreditativa del cumplimiento de las condiciones de seguridad de las instalaciones
y del elemento modificado.
2-. La instalación a ejecutar cumplirá, en todo caso, lo establecido en el Real
Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y
sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, así como, el Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre
condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta
tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
3-. El titular de la presente autorización estará sujeto a las condiciones de
orden medioambiental establecidas en el estudio de impacto ambiental, el proyecto

cve: BOE-B-2025-1187
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Núm. 15