Ministerio de Cultura. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-714)
Orden CLT/7/2025, de 14 de enero, por la que se crea el Archivo Histórico Provincial de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 15

Viernes 17 de enero de 2025

Sec. I. Pág. 6688

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CULTURA
Orden CLT/7/2025, de 14 de enero, por la que se crea el Archivo Histórico
Provincial de Madrid.

Aunque se conocen diferentes antecedentes y proyectos de creación desde el
siglo XVII, Madrid no contó con un Archivo de Escrituras Públicas hasta el 5 de marzo
de 1765, fecha en la que el rey Carlos III otorgó la Real Cédula de creación de un
archivo con esa denominación. La nueva institución constituyó el antecedente directo del
Archivo Histórico de Protocolos que se estableció en el primer tercio del siglo pasado, a
raíz del Decreto de 12 de noviembre de 1931, aprobado a propuesta de los Ministerios
de Justicia e Instrucción Pública y Bellas Artes. Este Decreto instituyó la creación de los
Archivos Históricos Provinciales en las capitales de las provincias, gestionados por
funcionarios del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, base
sobre la que sigue cimentándose la red de Archivos Históricos Provinciales que forman
parte del Sistema Español de Archivos; ordenando, además, que los Protocolos de más
de cien años de antigüedad se integrasen en estos centros de nueva creación con la
finalidad de que sus escrituras pudiesen ser objeto de la consulta e investigación pública.
En el articulado del Decreto de 12 de noviembre de 1931 se hizo una distinción en la
incorporación al servicio del mencionado Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios
y Arqueólogos entre los archivos de las capitales de los Colegios Notariales y los
archivos de los Distritos Notariales. Se ordenó que los archivos de protocolos
centenarios de los primeros se denominaran Archivos Históricos de Protocolos, mientras
que aquellos procedentes de los archivos de Distritos Notariales se integraran en los
Archivos Históricos Provinciales de nueva creación. Se estableció, además, una
separación en la responsabilidad de custodia de estos, quedando los fondos centenarios
bajo la responsabilidad del Director del Archivo, funcionario del citado Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, y los protocolos de menos de cien años de
antigüedad bajo la del Notario Archivero designado por el Ministro de Justicia, a
propuesta de la entonces Dirección General de los Registros y del Notariado.
Con el fin de incentivar la investigación, el Decreto de 12 de noviembre de 1931
estableció que la consulta y exhibición de los protocolos notariales centenarios sería
gratuita y conforme a lo establecido en el Reglamento de Archivos.
La aplicación del Decreto de 12 de noviembre de 1931 en Madrid supuso el
desdoblamiento del Archivo y un cambio de denominación del centro que custodiaría los
fondos centenarios, que pasó a denominarse, a partir de noviembre de 1931, Archivo
Histórico de Protocolos Notariales de Madrid. Este Archivo compartía hasta fechas
recientes, de acuerdo con lo establecido en la norma, el edificio y las instalaciones con el
Archivo General de Protocolos del Distrito Notarial de Madrid, que custodia los
protocolos con menos de cien años y cuya responsabilidad corresponde al Notario
Archivero del Distrito.
Además, de acuerdo con el articulado del Decreto de 12 de noviembre de 1931, la
titularidad del edificio y de las instalaciones continuaron siendo del Ministerio de Justicia,
mientras que la titularidad y gestión del Archivo Histórico de Protocolos quedó adscrita al
Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes y después al de Educación, con sus
diferentes cambios de denominación, hasta la creación del Ministerio de Cultura en 1977.
Por otra parte, como ocurre en el caso específico de Navarra y en el de las capitales
de provincia en las que tenían su sede los denominados archivos generales, los de las
antiguas Chancillerías y Audiencias y los archivos de los antiguos reinos de España, en
Madrid no se creó el Archivo Histórico Provincial que auspiciaba el Decreto de 12 de
noviembre de 1931. Este es el motivo por el que las funciones en materia de recogida y

cve: BOE-A-2025-714
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