Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-690)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio entre la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para la realización de actuaciones de identificación de restos y, en su caso, exhumaciones en el Valle de Cuelgamuros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Jueves 16 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 6580

La gestión económica, así como la justificación que requiera la Fundación de la
Santa Cruz del Valle de los Caídos, corresponde a la sección de asuntos económicos de
la Universidad de Granada. El pago se instrumentará por transferencia a la cuenta
bancaria de titularidad de la Universidad de Granada con código: ****-****-****-********-0910.
2. En el plazo de 45 días a contar desde la fecha de finalización del plazo de
ejecución de las actuaciones, la Universidad de Granada justificará el cumplimiento de
las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos en el presente
convenio, mediante la remisión de:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las actuaciones y los
compromisos asumidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación
del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de
pago. En caso de que concurran, se indicarán las desviaciones acaecidas respecto al
presupuesto inicial estimado.
Las facturas, justificantes de gasto o documentos de valor probatorio equivalente en
el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que
se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del
pago.
Los documentos a los que se refiere el apartado anterior deberán presentarse por la
entidad beneficiaria ante la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio
Nacional.
Novena.

Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades
que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las
instituciones que representan, suscriben el presente convenio por duplicado en el lugar y
fecha señalados al principio.–Por la Fundación Santa Cruz del Valle de los Caídos,
la Presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, Ana de la Cueva
Fernández.–Por la Universidad de Granada, el Rector Magnífico de la Universidad de
Granada, Pedro Mercado Pacheco.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-690
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido
en el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado capítulo VI del título
preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la
interpretación y aplicación de este convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicado
los principios contenidos en dicha ley.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo,
modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente
convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de seguimiento prevista en la
cláusula cuarta del mismo, deberán solventarse por las partes. Las cuestiones litigiosas
que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.