Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-690)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Convenio entre la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y la Universidad de Granada, para la realización de actuaciones de identificación de restos y, en su caso, exhumaciones en el Valle de Cuelgamuros.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de enero de 2025

Sec. III. Pág. 6576

b) El Laboratorio de Antropología Física de la Universidad de Granada será el
centro de referencia de cara a los análisis antropológicos de los restos que se exhumen
en el Valle de Cuelgamuros. Los profesionales de este laboratorio formarán parte del
equipo operativo de intervención en el Valle y deberán realizar los posteriores análisis
que se requieran, siguiendo los protocolos técnicos que se establezcan, siempre
ajustándose al presupuesto aportado por la Fundación. Además, garantizará la custodia
y la confidencialidad durante todo el procedimiento de estudio y análisis y hasta que los
restos sean entregados a sus familias o bien retornados al Valle.
Los gastos derivados del uso de las instalaciones correspondientes (laboratorios de
investigación) correrán a cargo del Laboratorio de Antropología Física de la Universidad
de Granada.
c) Prestar asesoramiento científico y asistencia técnica en materia forense a la
Fundación, durante las actuaciones preparatorias y las obras en el Valle que dicho
organismo llevará a cabo, principalmente para garantizar la seguridad en las
infraestructuras para futuras intervenciones. El asesoramiento forense en este período
se prestará fundamentalmente para atender al hallazgo casual de restos que pudiese
producirse de manera involuntaria como consecuencia de dichas actuaciones.
d) Poner a disposición de este proyecto todo el material de exhumación que se
encuentra disponible en la institución para acometer la intervención.
e) Poner a disposición de los investigadores, todos los recursos materiales
necesarios para la ejecución del convenio, asumiendo los gastos correspondientes.
f) Así mismo, la Universidad de Granada contribuirá al objetivo de este convenio
aportando personal propio, concretamente 3 profesores que trabajarán en el proyecto
con una dedicación media de 8 horas semanales, lo que en términos económicos
equivale a una aportación por parte de la Universidad de Granada de 52.800 euros
anuales.
g) Acompañar a los familiares de las personas inhumadas a los que se permita la
visita a las criptas y a las instalaciones habilitadas al efecto, así como a velar por el
cumplimiento de las normas de prevención de riesgos y seguridad por parte de aquellos.
h) Presentar una Memoria Final del Proyecto con todos los resultados obtenidos en
relación con los conocimientos forenses de investigación y docentes. Esta Memoria
deberá incluir un informe individual para cada una de las personas cuyos restos se
hubieran exhumado, siempre y cuando fuera posible la individualización de los mismos.
En el caso de que los restos cadavéricos hallados en las cajas objeto de solicitudes
de exhumación no pudiesen ser individualizados, atendiendo al estado de conservación,
preservación y almacenamiento, la Universidad de Granada se compromete a emitir un
informe detallando la muestra analizada y justificando la inviabilidad de las
identificaciones.
3. El personal del Laboratorio de Antropología Física de la Universidad de Granada
únicamente podrá intervenir en el supuesto de que, durante la ejecución de las obras,
sea viable acceder a la localización de restos cadavéricos que exigieran realizar
actividades de exhumación. En ese caso, la Dirección Facultativa de la obra deberá
comunicar este extremo, tanto a la persona titular de la Dirección del proyecto de
exhumación por parte de la Universidad de Granada, para que ésta comience la
ejecución de los trabajos, como a la Comisión de trabajo para el asesoramiento forense
sobre las actuaciones previstas para la exhumación y la identificación de los restos de
personas en las criptas del Valle de Cuelgamuros, creada por Acuerdo del Consejo de
Ministros de 22 de junio de 2021, para que esta última designe a los forenses
encargados de los informes y comunique a la Universidad, que inicie la ejecución de los
trabajos. La Dirección Facultativa también dará cuenta de dicha situación a la Fundación,
a través de la Dirección de Inmuebles y Medio Natural del Patrimonio Nacional.
La presencia de forenses en obra deberá producirse de la manera más inmediata
posible una vez detectados los restos, para evitar la paralización o ralentización de la
obra.

cve: BOE-A-2025-690
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 14