Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-700)
Resolución de 3 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta Eólica "Itsaraz", de 60,4 MW, en las provincias de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6633
que comparten las poblaciones de fauna. Señala, además, que las medidas planteadas
en el estudio de impacto ambiental deben ser orientadas a prever y corregir los impactos
producidos sobre los elementos clave y objeto de conservación de los espacios naturales
cercanos al parque eólico y su línea de evacuación.
Por otra parte, la Diputación Foral de Álava manifiesta que el parque eólico y su línea
de evacuación se plantean sobre una zona de protección para la alimentación de
especies necrófagas de interés comunitario (ZPA) del Plan Conjunto de Gestión de Aves
Necrófagas del País Vasco. Este Plan se refiere específicamente al quebrantahuesos
(Gypaetus barbatus), alimoche (Neophron percnopterus) y buitre leonado (Gyps fulvus),
y tiene como objetivo eliminar los factores adversos que puedan incidir sobre la dinámica
poblacional de estas especies amenazadas. Por ello, el parque eólico y su línea de
evacuación podrían tener una afección significativa sobre el conjunto de especies que
este Plan pretende proteger. En cuanto al cumplimiento de los objetivos del Plan de aves
necrófagas, considera que si no se aplican medidas correctoras oportunas podría
generarse un retroceso de sus objetivos. El organismo señala que el parque eólico se
ubica en una zona de plantaciones de Pinus radiata que han mostrado tener un
importante valor como hábitat para la cría de especies como el milano real, en peligro de
extinción. Casi similar es el hábitat del milano negro, que también utiliza los pinares de
Pinus radiata como puntos de nidificación en el entorno del parque eólico. Destaca la
presencia de picamaderos negro, especie sobre la que el impacto podría ser importante
al ser una zona potencial de cría y alimentación, y de otras especies catalogadas de
menor tamaño como la golondrina y el vencejo común, para las que considera que
deben plantearse medidas de paralización cuando se acerquen bandadas que eviten
colisiones. El organismo indica que el proyecto supone una pérdida de hábitat de
nidificación, campeo y alimentación para las especies de mayor tamaño como las
rapaces, por lo que requiere evaluar estos impactos adecuadamente, e implementar
medidas de mejora del hábitat en lugares alejados del parque y disminuir la probabilidad
de campeo.
La Dirección de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia informa que el
proyecto colinda con la ZEC Urkiola, que forma parte de la Red de Espacios Naturales
Protegidos de Bizkaia. Se trata del espacio protegido natural de mayor importancia para
alimoche y buitre leonado del territorio vizcaíno.
Estas especies están consideradas clave de la mencionada ZEC, cuya integridad
depende inequívocamente de su conservación. El Decreto 83/2015 cataloga la ZEC
Urkiola como «Área de Interés Especial» para las aves necrófagas, manteniendo en la
actualidad 90 parejas de buitre leonado y presentando la mayor densidad de territorios
de alimoche de la Red Natura 2000 de Bizkaia, con 5 parejas de dicha especie. El
alimoche es una especie catalogada como vulnerable en el Catálogo Vasco de Especies
Amenazadas y en el catálogo estatal. El estatus poblacional de la especie a nivel estatal
es preocupante, siendo las poblaciones del norte peninsular las que sustentan la mayor
parte de territorios reproductivos. De forma complementaria, Bizkaia forma parte del
territorio europeo con mayor densidad poblacional de la especie, que incluye además un
gran dormidero en este territorio histórico. En este sentido, el artículo 6.1 del Plan
Conjunto de Gestión de Aves Necrófagas del País Vasco, suscrito por la Administración
General del País Vasco y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa,
establece que es necesario el informe preceptivo y vinculante del órgano foral con
competencias en materia de Patrimonio Natural para cualquier plan, programa o
proyecto que pueda afectar a las especies necrófagas. La implantación de centrales de
producción de energía eólica puede afectar de forma directa a las distintas especies de
necrófagas, con especial incidencia en el alimoche. Con el objeto de evitar dichas
afecciones, el Plan establece en su artículo 12.4 como medida para reducir la mortalidad
por electrocución y colisión contra los aerogeneradores y sus tendidos de evacuación,
que «se evitará la instalación de centrales eólicas en las Áreas de Interés Especial para
las aves necrófagas de interés comunitario y en especial, en un radio de 10 km en torno
a las Áreas Críticas para el Quebrantahuesos o el Alimoche».
cve: BOE-A-2025-700
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6633
que comparten las poblaciones de fauna. Señala, además, que las medidas planteadas
en el estudio de impacto ambiental deben ser orientadas a prever y corregir los impactos
producidos sobre los elementos clave y objeto de conservación de los espacios naturales
cercanos al parque eólico y su línea de evacuación.
Por otra parte, la Diputación Foral de Álava manifiesta que el parque eólico y su línea
de evacuación se plantean sobre una zona de protección para la alimentación de
especies necrófagas de interés comunitario (ZPA) del Plan Conjunto de Gestión de Aves
Necrófagas del País Vasco. Este Plan se refiere específicamente al quebrantahuesos
(Gypaetus barbatus), alimoche (Neophron percnopterus) y buitre leonado (Gyps fulvus),
y tiene como objetivo eliminar los factores adversos que puedan incidir sobre la dinámica
poblacional de estas especies amenazadas. Por ello, el parque eólico y su línea de
evacuación podrían tener una afección significativa sobre el conjunto de especies que
este Plan pretende proteger. En cuanto al cumplimiento de los objetivos del Plan de aves
necrófagas, considera que si no se aplican medidas correctoras oportunas podría
generarse un retroceso de sus objetivos. El organismo señala que el parque eólico se
ubica en una zona de plantaciones de Pinus radiata que han mostrado tener un
importante valor como hábitat para la cría de especies como el milano real, en peligro de
extinción. Casi similar es el hábitat del milano negro, que también utiliza los pinares de
Pinus radiata como puntos de nidificación en el entorno del parque eólico. Destaca la
presencia de picamaderos negro, especie sobre la que el impacto podría ser importante
al ser una zona potencial de cría y alimentación, y de otras especies catalogadas de
menor tamaño como la golondrina y el vencejo común, para las que considera que
deben plantearse medidas de paralización cuando se acerquen bandadas que eviten
colisiones. El organismo indica que el proyecto supone una pérdida de hábitat de
nidificación, campeo y alimentación para las especies de mayor tamaño como las
rapaces, por lo que requiere evaluar estos impactos adecuadamente, e implementar
medidas de mejora del hábitat en lugares alejados del parque y disminuir la probabilidad
de campeo.
La Dirección de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia informa que el
proyecto colinda con la ZEC Urkiola, que forma parte de la Red de Espacios Naturales
Protegidos de Bizkaia. Se trata del espacio protegido natural de mayor importancia para
alimoche y buitre leonado del territorio vizcaíno.
Estas especies están consideradas clave de la mencionada ZEC, cuya integridad
depende inequívocamente de su conservación. El Decreto 83/2015 cataloga la ZEC
Urkiola como «Área de Interés Especial» para las aves necrófagas, manteniendo en la
actualidad 90 parejas de buitre leonado y presentando la mayor densidad de territorios
de alimoche de la Red Natura 2000 de Bizkaia, con 5 parejas de dicha especie. El
alimoche es una especie catalogada como vulnerable en el Catálogo Vasco de Especies
Amenazadas y en el catálogo estatal. El estatus poblacional de la especie a nivel estatal
es preocupante, siendo las poblaciones del norte peninsular las que sustentan la mayor
parte de territorios reproductivos. De forma complementaria, Bizkaia forma parte del
territorio europeo con mayor densidad poblacional de la especie, que incluye además un
gran dormidero en este territorio histórico. En este sentido, el artículo 6.1 del Plan
Conjunto de Gestión de Aves Necrófagas del País Vasco, suscrito por la Administración
General del País Vasco y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa,
establece que es necesario el informe preceptivo y vinculante del órgano foral con
competencias en materia de Patrimonio Natural para cualquier plan, programa o
proyecto que pueda afectar a las especies necrófagas. La implantación de centrales de
producción de energía eólica puede afectar de forma directa a las distintas especies de
necrófagas, con especial incidencia en el alimoche. Con el objeto de evitar dichas
afecciones, el Plan establece en su artículo 12.4 como medida para reducir la mortalidad
por electrocución y colisión contra los aerogeneradores y sus tendidos de evacuación,
que «se evitará la instalación de centrales eólicas en las Áreas de Interés Especial para
las aves necrófagas de interés comunitario y en especial, en un radio de 10 km en torno
a las Áreas Críticas para el Quebrantahuesos o el Alimoche».
cve: BOE-A-2025-700
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 14