Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Escuelas de conductores. Profesorado. (BOE-A-2025-692)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Tráfico, por la que se convoca curso para obtener Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6588
web: Certificado de aptitud para ser profesor de autoescuela (dgt.gob.es). ¿Qué
necesitas para inscribirte en el curso? y cumplimentarán su solicitud.
Para la presentación y firma correcta de dicho formulario será requisito indispensable
que el interesado o, en su caso el representante autorizado, posea certificado electrónico
como pueden ser (cl@ve PIN, cl@ve permanente, cl@ve móvil o DNI electrónico).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día
siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la solicitud, las personas aspirantes deben tener en cuenta las
instrucciones indicadas en el formulario habilitado y deberán rellenar todos los campos
habilitados al efecto.
2.2 Con la solicitud se deberá abonar el pago de la tasa 5.1 «Derechos de examen
de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores».
Para el pago de la tasa indicada, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
Para realizar el pago electrónico de tasas es necesario que el interesado o su
representante estén en posesión del DNI electrónico o dispongan de un certificado
electrónico en vigor admitido en la Administración General del Estado. Cualquier otro
medio de identificación y firma admitido será informado a través de la sede electrónica
del organismo.
Únicamente procederá la devolución de la tasa por derechos de examen exigida
cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo; por
tanto, no procederá devolución alguna en los supuestos de exclusión del proceso
selectivo por causa imputable al interesado. La exclusión por no cumplir los requisitos,
no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no cumplimentar el formulario de
la convocatoria actual o no presentar las solicitudes y el pago de tasas de la forma
indicada en la presente resolución no dará lugar a la devolución de la tasa.
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de las solicitudes
supondrá la exclusión del procedimiento por incumplimiento del requisito establecido en
esta misma base.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa por derechos de examen podrá
sustituir el trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, de acuerdo a lo
establecido en esta misma base.
3.
Lista de admitidos al Curso para obtener Certificado de Aptitud de Profesor de
Formación Vial
Por resolución del Presidente del Tribunal se hará pública la relación provisional de
aspirantes admitidos y excluidos al Curso.
Las reclamaciones contra esta resolución habrán de presentarse dentro del plazo
que se indique en la misma.
Una vez examinadas las alegaciones que, en su caso, se presenten, por resolución
del Presidente del Tribunal se hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos.
Régimen del curso
El curso, que tendrá carácter teórico y práctico, constará de dos fases: una de
enseñanza a distancia y otra de formación presencial en el centro donde el curso se
celebre. Ambas de carácter eliminatorio.
4.1
Fase de enseñanza a distancia.
Esta fase tendrá carácter teórico, se desarrollará en dos evaluaciones
independientes y eliminatorias con posibilidad de recuperar hasta un máximo de dos
cve: BOE-A-2025-692
Verificable en https://www.boe.es
4.
Núm. 14
Jueves 16 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6588
web: Certificado de aptitud para ser profesor de autoescuela (dgt.gob.es). ¿Qué
necesitas para inscribirte en el curso? y cumplimentarán su solicitud.
Para la presentación y firma correcta de dicho formulario será requisito indispensable
que el interesado o, en su caso el representante autorizado, posea certificado electrónico
como pueden ser (cl@ve PIN, cl@ve permanente, cl@ve móvil o DNI electrónico).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día
siguiente al de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Para cumplimentar la solicitud, las personas aspirantes deben tener en cuenta las
instrucciones indicadas en el formulario habilitado y deberán rellenar todos los campos
habilitados al efecto.
2.2 Con la solicitud se deberá abonar el pago de la tasa 5.1 «Derechos de examen
de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores».
Para el pago de la tasa indicada, se deberán seguir las siguientes instrucciones:
Para realizar el pago electrónico de tasas es necesario que el interesado o su
representante estén en posesión del DNI electrónico o dispongan de un certificado
electrónico en vigor admitido en la Administración General del Estado. Cualquier otro
medio de identificación y firma admitido será informado a través de la sede electrónica
del organismo.
Únicamente procederá la devolución de la tasa por derechos de examen exigida
cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo; por
tanto, no procederá devolución alguna en los supuestos de exclusión del proceso
selectivo por causa imputable al interesado. La exclusión por no cumplir los requisitos,
no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no cumplimentar el formulario de
la convocatoria actual o no presentar las solicitudes y el pago de tasas de la forma
indicada en la presente resolución no dará lugar a la devolución de la tasa.
La falta de abono de la tasa dentro del plazo de presentación de las solicitudes
supondrá la exclusión del procedimiento por incumplimiento del requisito establecido en
esta misma base.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa por derechos de examen podrá
sustituir el trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud, de acuerdo a lo
establecido en esta misma base.
3.
Lista de admitidos al Curso para obtener Certificado de Aptitud de Profesor de
Formación Vial
Por resolución del Presidente del Tribunal se hará pública la relación provisional de
aspirantes admitidos y excluidos al Curso.
Las reclamaciones contra esta resolución habrán de presentarse dentro del plazo
que se indique en la misma.
Una vez examinadas las alegaciones que, en su caso, se presenten, por resolución
del Presidente del Tribunal se hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos.
Régimen del curso
El curso, que tendrá carácter teórico y práctico, constará de dos fases: una de
enseñanza a distancia y otra de formación presencial en el centro donde el curso se
celebre. Ambas de carácter eliminatorio.
4.1
Fase de enseñanza a distancia.
Esta fase tendrá carácter teórico, se desarrollará en dos evaluaciones
independientes y eliminatorias con posibilidad de recuperar hasta un máximo de dos
cve: BOE-A-2025-692
Verificable en https://www.boe.es
4.