Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-634)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. II.B. Pág. 6203

8.4 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una actuación
individualizada se iniciará, según la ordenación alfabética resultante del listado de
admisión de aspirantes, por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra que
corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo
realizado anualmente por la Administración General del Estado.
8.5 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de
las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han
superado el proceso selectivo.
8.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8.7 Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de
la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, bien, recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente,
conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
9.

Resultados

9.1 Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página Web
del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/) el acuerdo con la
relación provisional de calificaciones de cada ejercicio. Contra este acuerdo se podrá
presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles, mediante Instancia Genérica de
la Sede Electrónica de la Universidad de Cádiz dirigidas al Área de Personal, que serán
resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2 Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con
el listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes
que hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del
último ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar
reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal
mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo
provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3 Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo, sin
que su número pueda superar el de plazas convocadas. En el supuesto de que ninguna
de las personas aspirantes superase el proceso selectivo por el cupo de discapacidad y
sistema de promoción interna, se procederá a la cobertura de la plaza mediante el cupo
general y sistema de promoción interna. En el supuesto de que ninguna persona
aspirante superase el proceso selectivo por el sistema de promoción interna, se
procederá a la cobertura de la plaza por el sistema de turno libre al que podrán acceder

cve: BOE-A-2025-634
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Núm. 13