Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-579)
Resolución de 8 de enero de 2025, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación BBVA, para el apoyo del programa Grandes Exposiciones del Museo del Prado y proyectos audiovisuales asociados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5728
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la disposición adicional decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo el Museo Nacional del Prado tienen la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. La Fundación BBVA es la expresión de la vocación de responsabilidad social
corporativa del Grupo BBVA y, en particular, de su compromiso con la mejora de las
sociedades en las que desarrolla su actividad empresarial, centrando una parte muy
importante de su actividad en el campo de la cultura.
V. Que ambas partes han manifestado su voluntad de suscribir un convenio al
amparo del artículo 25 de Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
1. El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo
Nacional del Prado y la Fundación BBVA para el apoyo del siguiente proyecto: Patrocinio
anual de una de las exposiciones temporales incluidas en el programa de Grandes
Exposiciones del Museo del Prado y proyectos audiovisuales asociados.
La actividad o actividades determinadas en que se concrete el proyecto serán
establecidas de mutuo acuerdo por las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento,
conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
2. La colaboración del Museo Nacional del Prado y la Fundación BBVA formalizada
a través del presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en
consonancia con los fines de interés general a que se refiere el título III de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y
de los incentivos fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre,
de desarrollo reglamentario de la anterior.
Vigencia.
El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El
Museo Nacional del Prado se compromete a informar al patrocinador de estos hechos tan
pronto ocurran. El plazo de vigencia del convenio será de 4 años. Las partes podrán acordar
expresamente y por escrito su prórroga, en cualquier momento antes de su finalización,
conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la citada Ley 40/2015, por un máximo de
cuatro años adicionales, manteniendo las mismas obligaciones de las partes.
cve: BOE-A-2025-579
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 12
Martes 14 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 5728
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que en virtud de la disposición adicional decimoctava de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo el Museo Nacional del Prado tienen la consideración de entidad
beneficiaria del mecenazgo.
IV. La Fundación BBVA es la expresión de la vocación de responsabilidad social
corporativa del Grupo BBVA y, en particular, de su compromiso con la mejora de las
sociedades en las que desarrolla su actividad empresarial, centrando una parte muy
importante de su actividad en el campo de la cultura.
V. Que ambas partes han manifestado su voluntad de suscribir un convenio al
amparo del artículo 25 de Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
1. El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo
Nacional del Prado y la Fundación BBVA para el apoyo del siguiente proyecto: Patrocinio
anual de una de las exposiciones temporales incluidas en el programa de Grandes
Exposiciones del Museo del Prado y proyectos audiovisuales asociados.
La actividad o actividades determinadas en que se concrete el proyecto serán
establecidas de mutuo acuerdo por las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento,
conforme a lo establecido en la cláusula quinta.
2. La colaboración del Museo Nacional del Prado y la Fundación BBVA formalizada
a través del presente convenio se entiende, y así se reconoce y declara, efectuada en
consonancia con los fines de interés general a que se refiere el título III de la
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y
de los incentivos fiscales al mecenazgo, y del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre,
de desarrollo reglamentario de la anterior.
Vigencia.
El presente convenio tendrá efectos a partir de que, una vez firmado, se inscriba en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal y se publique en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El
Museo Nacional del Prado se compromete a informar al patrocinador de estos hechos tan
pronto ocurran. El plazo de vigencia del convenio será de 4 años. Las partes podrán acordar
expresamente y por escrito su prórroga, en cualquier momento antes de su finalización,
conforme a lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la citada Ley 40/2015, por un máximo de
cuatro años adicionales, manteniendo las mismas obligaciones de las partes.
cve: BOE-A-2025-579
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Segunda.